Límite a la exención sobre aguinaldo

Qué hacer en aquellos casos en que el monto del aguinaldo a pagar es inferior al equivalente de 30 días de salario mínimo

.
 .  (Foto: IDC online)

Conjuntamente con el pago del aguinaldo también se entregan los sueldos de la quincena en turno. En el caso de trabajadores que perciben salarios bajos, al aplicar la exención del aguinaldo resulta obviamente mayor la exención al pago. El excedente ¿podría aplicarse contra los demás pagos a realizar a tales trabajadores?

La exención prevista por el artículo 109, fracción XI de la LISR aplica únicamente al aguinaldo; por tanto, si éste es menor al equivalente de 30 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, estará exento hasta el monto que se entregue por este concepto, sin posibilidad de aplicar el remanente contra cualquier otro pago, salvo que éste se cubra bajo el supuesto de una gratificación extraordinaria y que la suma de todas ellas en el año no excedan esa cantidad.