DIOT para agricultores

Toda vez que estos contribuyentes presentan pagos provisionales existe duda respecto de la fecha en que deben presentar la DIOT

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 .  (Foto: IDC online)

Soy un agricultor, que por los meses de enero a julio presenté pagos provisionales mensuales de ISR, IVA y IETU; sin embargo, mi contador me comentó que por el período agosto-diciembre puedo realizar pagos semestrales del ISR. Si ello es correcto, ¿cuándo debo presentarse la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT)?

Por el mes de julio deberá presentarse la DIOT en agosto, y las correspondientes de agosto a diciembre se presentarán en marzo de 2009, de manera individual y mensual en términos de la regla 1.14. de la Resolución de Facilidades Administrativas.

Esto es así, porque la regla 1.4.reformada en la Primera Resolución de Modificaciones a las Facilidades Administrativas publicadas en el DOF el 22 de agosto de 2008, prescribe que las personas físicas y morales que por el ejercicio 2008 opten por realizar pagos provisionales en forma semestral, deberán presentar su aviso de opción ante las autoridades fiscales a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor de la Resolución.

Aunado a esta disposición, el artículo segundo transitorio permite esta facilidad aun cuando los contribuyentes hubiesen presentado sus declaraciones en forma mensual por el período enero a julio de 2008, en cuyo caso el pago correspondiente al segundo semestre incluirá los meses de agosto a diciembre de 2008.

Por lo que respecta a la DIOT del primer semestre de 2008 (enero ? junio) las personas físicas están relevadas de presentar dicha declaración informativa, conforme a la regla II.5.1.7. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2008.