Estímulo fiscal ¿base del PTU?

Un estímulo fiscal será base de PTU únicamente cuando la disposición fiscal que le de origen, le dé la naturaleza de ingreso acumulable

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 .  (Foto: IDC online)

Unade las empresas del grupo aplicó el estímulo fiscal del 0.5% sobre la base desu resultado fiscal del ejercicio 2007, por ser un contribuyente dictaminado yhaber cumplido en forma y tiempo sus obligaciones en materia del ISR. Bajoestas circunstancias, ¿el monto aplicado contra este impuesto formará parte dela base gravable para efectos de la PTU de ese ejercicio?

 El citado estímulo previsto en el artículo 16,fracción X de la Leyde Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007 (LIF 2007) no formaparte de la base para la determinación de la participación en las utilidades delas empresas (PTU), ni para el ejercicio 2007, ni para 2008 que es cuandoefectivamente se aplicó tal beneficio.

Esto es así porque elartículo 16 de la LISR,en relación con los artículos 123, fracciónIX, inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 120 de la Ley Federal delTrabajo, al establecer el procedimiento para determinar la PTU, señalan como elementoesencial el monto de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejerciciode que se trate, y el estímulo en cuestión no está catalogado como tal en elordenamiento legal que le da origen (artículo 16, fracción X de la LIF 2007).

Esta afirmación serobustece al considerar que el Estado es el sujeto activo de la relacióntributaria, quien también llega a adoptar figura de un sujeto pasivo o deudoral conceder un estímulo fiscal acreditable contra el pago de contribuciones, por ello, puedeinterpretarse que el beneficio otorgado no es un ingreso acumulable, puesconsiderarlo así desvirtuaría su objeto, y únicamente podría tener lanaturaleza de ingreso acumulable cuando expresamente la disposición fiscal asílo señalara.

Sibien existe una modificación patrimonial positiva obtenida por su empresa através del estímulo fiscal, no puede entenderse ingreso acumulable, pues en la LIF 2007 no se prevé talhipótesis. Asimismo, es conveniente precisar que el estímulo no fue generadopor la fuerza de trabajo del personal de la compañía, sino porque se cumplieronlos requisitos y condiciones que el artículo 16, fracción X de la LIF 2007 prevé para obtenertal beneficio.