Donatarias ¿declaran anualmente?

Las donatarias presentan su declaración a través del formato 21 del DEM, aun cuando sea sólo para efectos informativos

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 .  (Foto: IDC online)

Nuestra institución se dedica a otorgar apoyo para la readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas, y cuenta con autorización para recibir donativos deducibles para efectos del ISR.  ¿Necesitamos presentar alguna declaración anual por el ejercicio 2009?

Deberá cumplir con las obligaciones establecidas en los artículos 93, tercer párrafo y 101, penúltimo párrafo de la LISR, consistentes en haber presentado a más tardar el 15 de febrero de 2010 la información relativa a la determinación del remanente distribuible y el importe que de este concepto corresponda a cada integrante, y a los ingresos obtenidos y erogaciones efectuadas, para lo cual deberá utilizar el programa, DEM Versión 2010 V.1.0.5,  formato 21, y enviar su declaración directamente a través del portal del SAT en Internet www.sat.gob.mx.