IVA en importación de servicios

Los servicios prestados en México por residentes en el extranjero están gravados en el capítulo de importación

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 .  (Foto: IDC online)

Contratamos los servicios por honorarios de un extranjero, los cuales se prestaron en territorio nacional. La erogación ¿causa el IVA?

Sí causa el IVA por considerarse una importación de servicios realizada por la empresa, en términos del artículo 24, fracción V de la LIVA. Debe recordarse que la LIVA no grava a las personas, sino los actos o actividades (enajenación, prestación de servicios, otorgamiento del uso o goce temporal e importación) efectuados en territorio nacional.

En este tenor, el contribuyente puede llevar a cabo el acreditamiento en la declaración de pago mensual a que corresponda la importación (artículo 50 del RLIVA).

Cabe señalar, que el comprobante fiscal emitido por el extranjero no contemplará el desglose del IVA, al causarse dicho impuesto como importación y no como prestación de servicios independientes.