Percibo ingresos por la prestación de servicios profesionales, los cuales en el ejercicio no superaron los $350,000.00. La declaración anual correspondiente a 2009 la voy a presentar por Internet, ¿debo hacer el pago de mis impuestos forzosamente con cheque o puedo pagarlos en efectivo?
En el caso en particular, no existe inconveniente para que el pago de contribuciones se pueda realizar en efectivo, pues dicha posibilidad se encuentra contemplada en el artículo 20 del CFF, al disponer en su séptimo párrafo que las personas físicas que no realicen actividades empresariales y que obtengan ingresos inferiores a $370,310.00 efectuarán el pago de sus contribuciones en efectivo, transferencia electrónica de fondos o mediante cheques personales.
Asimismo, la regla II.2.12.1 de Resolución Miscelánea Fiscal 2009 lo permite al señalar que el pago se podrá efectuar con las hojas de ayuda que emita el propio Declarasat, las cuales se podrán presentar ante las ventanillas bancarias de las instituciones de crédito.