Se podrán presentar por Internet (Regla 2.3.2.2y 2.3.2.3.) mediante formato electrónico RU | Se podrán presentar mediante atención personalizada (egla 2.3.2.5. y 2.3.2.6.) | Avisos que se presentarán a través de la forma RX en la ALAC correspondiente (Regla 2.3.2.7) | |
Aumento o disminución de obligaciones | Sí | Sí | N/A |
Suspensión de actividades | Sí | Sí | N/A |
Reanudación de actividades | Sí | Sí | N/A |
Apertura de establecimiento, sucursal, local, puesto fijo o semifijo | Sí | Sí | N/A |
Cierre de establecimiento, sucursal, local, puesto fijo o semifijo | Sí | Sí | N/A |
Cambio de denominación o razón social | No | Sí | N/A |
Cambio de domicilio fiscal | No | Sí | N/A |
Cancelación por fusión de sociedades | N/A | N/A | Sí |
Apertura de sucesión | N/A | N/A | Sí |
Inicio de liquidación | N/A | N/A | Sí |
Cancelación por cesación total de operaciones | N/A | N/A | Sí |
Cancelación por defunción | N/A | N/A | Sí |
Cancelación por liquidación de la sucesión | N/A | N/A | Sí |
Cancelación por liquidación total del activo | N/A | N/A | Sí |
Cancelación por escisión de sociedades | N/A | N/A | Sí |
Procedimiento: | 1. Capturarán los datos que se contienen en el formato electrónico RU2. Concluida la captura, se enviará al SAT el aviso correspondiente a través de la página de Internet del SAT3. El SAT enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo con sello digital de la información recibida, el cual contendrá, fecha de presentación y el número de folio | 1. Acudir a la ALAC y proporcionar la documentación que acredite la identidad del contribuyente y/o representante legal, así como los requisitos y documentos necesarios que para cada tipo de aviso señala el Anexo 252. Una vez recibida la documentación, la autoridad entregará al contribuyente o a su representante legal, previa firma del aviso correspondiente, acuse y copia del aviso3. Si la documentación se presenta incompleta o no reúne los requisitos señalados en el Anexo 25, se entregará al contribuyente un reporte de información pendiente y tendrá un plazo de 10 días para integrarla correctamente, y de no hacerlo el trámite se tendrá por no presentado y se deberá iniciar nuevamente | La forma RX se presentará ante la ALAC, acompañando la documentación que la propia forma establezca |