Uso universal de la FEA

Visión del SAT respecto a permitir el uso de la misma FEA en los diferentes trámites que se efectúen ante cualquier organismo de la Administración Pública Federal

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 .  (Foto: IDC online)

Con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 24 de agosto de 2006, del Acuerdo Interinstitucional por el que se establecen los Lineamientos para la homologación, implantación y uso de la Firma Electrónica Avanzada (FEA) en la Administración Pública Federal (Acuerdo), se pretende aceptar el uso de una sola FEA de los particulares ante cualquier organismo público, con el propósito de simplificar la realización de cualquier trámite ante las dependencias del gobierno.

El proyecto inicia con la incorporación de la Secretaría de Economía (SE), la Secretaría de la Función Pública (SFP) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pero se estima un reconocimiento progresivo de las demás entidades públicas que consideren su conveniencia; por ende, resulta oportuno conocer los comentarios de la Administración Central de Asistencia al Contribuyente sobre el camino que seguirá este proyecto.

Ámbito de aplicación de la FEA

La FEA que reconocerán estas dependencias públicas al amparo del Acuerdo ¿tendrán validez ante cualquier otra dependencia o institución pública

En principio únicamente participarán en este proceso los organismos descritos en el Acuerdo, y posteriormente, previa evaluación de la Comisión Institucional creada para ese efecto, se dará a conocer quienes más forman parte de esta red, dentro de los cuales se contemplan los diferentes niveles de gobierno o cualquier otra Secretaría.

Asimismo, el SAT está obligado a ajustar su forma de operación de la FEA a fin de que sea homóloga, para que en el futuro se obtenga el reconocimiento de todos los certificados digitales. Por lo pronto, todavía no podemos reconocerlo hasta que se haga este paso previo.

Función del Banco de México

Para la aplicación del Acuerdo, ¿cuál es la función del BM como prestador de servicios de certificación autorizado

El Banco de México (BM) se está manejando como la figura encargada de verificar las necesidades de las claves públicas, la función de éste en relación con todos los certificados que se emitan por los integrantes del Acuerdo, consistirá en la verificación de las claves públicas, a efecto de no duplicarse, pues tener dos de esas claves iguales implica que dos personas tienen la misma firma electrónica; por tanto, la función del BM es muy importante porque de alguna manera ellos certifican todo este proceso para evitar la clonación de firmas.

Cabe recordar que el BM no presta servicios a empresas o ciudadanos, incluso, en el caso de empresas es específico que se haga a través del SAT; en consecuencia, el BM únicamente presta el servicio de verificación.

La FEA universal ¿Sólo para personas físicas?

El texto del Acuerdo aparentemente sólo regula la emisión de la FEA para personas físicas, entonces ¿qué va a pasar en relación con la FEA de las personas morales

Las personas morales son ficciones jurídicas que no sólo se han conformado para el pago de impuestos, por tanto, no podríamos considerar en el proyecto los certificados de personas morales, porque los criterios para los organismos participantes son distintos. Por ejemplo, el SAT sólo entrega la FEA a aquella persona que tenga el poder general para actos de dominio o de administración, en el caso de la SE quizá le pueden entregar la firma a una persona moral representada por alguien que tenga un poder para pleitos y cobranzas, ya que cada uno tiene una normatividad diferente, y consecuentemente, no lo podemos integrar en esta primera etapa; tal vez en el futuro si tuvieramos un sistema de representantes legales podríamos hacer esta equivalencia. Así, únicamente el Acuerdo aplicará para las personas físicas y las personas morales seguirán gestionando ante el SAT su FEA para efectos fiscales.

¿Modificación a las normas aplicables a la FEA?

De conformidad con el artículo tercero del Acuerdo, las dependencias y/o entidades de la Administración Pública Federal que requieran o se fueran a integrar como agencia certificadora en este esquema tendrían que ajustar sus procedimientos y formas de operación, con las limitaciones previstas en las legislaciones aplicables y en caso de existir incompatibilidades se elaborarán y promoverán las iniciativas de reformas legales. En relación con ello, ¿se tiene previsto modificar el Código Fiscal de la Federación (CFF) y su Reglamento a fin de homologar el uso de la FEA en cualquier dependencia

Actualmente el CFF permite reconocer los certificados emitidos por la SFP y por los prestadores de servicios de certificación aplicados de acuerdo con el derecho federal. Para tal efecto, se ha contemplado establecer una regla en la Resolución Miscelánea Fiscal para aumentar la facilidad a aquellas dependencias que se ajusten a estos lineamientos, y sus certificados sean reconocidos por el SAT, porque actualmente el Código prevé que el SAT establezca la identidad y posteriormente reconozca el certificado digital, pero para evitar esta situación se tendría que emitir una resolución para facilitar  este Acuerdo, y posteriormente incorporarla al CFF para darle el rango de ley.

Por otra parte, el SAT es pionero en la emisión de certificados dentro del grupo que conforma el Acuerdo, incluso, ya había trabajado con RENAPO respecto a la identidad de los contribuyentes, el manejo de requisitos de registro biométrico etc., asimismo, no hay cambios en los procesos respecto al proyecto del Acuerdo; al contrario, se van a homologar y los procedimientos para obtención de firmas serán similares a los que actualmente aplica el SAT, quien  operativamente no está haciendo ningún cambio, solamente permitirá que en un futuro otra dependencia pueda hacer ese registro.

El IMSS se incopora a este proceso

¿Se tiene contemplada la incorporación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a este sistema

Si el IMSS lo considera conveniente se podrá adherir al uso de la firma homologada, el problema con este organismo, es que maneja otro tipo de certificados. El SAT utiliza las claves pública y privada por separado, y el IMSS las tiene conjuntamente; en consecuencia, existe una diferencia tecnológica.

Para el SAT no es tan seguro tener la llave y el certificado en un mismo dispositivo o archivo, luego entonces, se tienen que revisar los requerimientos de fiabilidad exigidos por el IMSS, en cuyo caso se tendrían que ajustar a las disposiciones que están en el Acuerdo, implementando los mismos procesos de certificación existentes, los cuales contemplan el registro de huella, fotografía y firma de documentos, pues el IMSS únicamente hace una revisión documental de la identidad de la persona. Así, si el IMSS realiza las adecuaciones a sus sistemas a los lineamientos utilizados por los participantes del Acuerdo, se podría integrar.

Para ello, la Comisión del gobierno se ha comprometido en corto plazo a tener todo listo para integrar todas las dependencias públicas a este esquema, el proceso será gradual y llevará un tiempo razonable aprovechando los sistemas ya instalados que involucraron muchos recursos, tiempo y esfuerzo. Los cambios que sean necesarios para poder reconocer la FEA se va a determinar por cada dependencia.

Validez de la FEA universal

Si un particular requiere hacer un trámite de la dependencia X, el cual requiere de la FEA, pero ésta fue emitida por la dependencia Y. En caso de rechazo, ¿podría el particular hacer valer el Acuerdo aun cuando su naturaleza sea sólo intersecretarial ¿Resulta obligatorio este Acuerdo para todas las dependencias de gobierno

Toda la información será pública para todos los contribuyentes o ciudadanos que se vinculen con las diferentes dependencias que estén integradas o no al Acuerdo; sin embargo, este instrumento no contempla la obligatoriedad para el caso de que se hubiese obtenido, por ejemplo, un certificado o firma en el SAT y se presente ante un trámite en la SE, lo que va a hacer cada dependencia es el promover y difundir para el supuesto en que exista un cambio técnico de su certificado digital, el cual deberá actualizarse.

Para el SAT será automático a través de Internet, pero las otras dependencias van a implementar sus propios esquemas, el éxito del proyecto versará en la comunicación que tengamos con el usuario, aprovechando el conocimiento de su ubicación (quién es, dónde vive, cuál es su teléfono, cuál es su correo electrónico) para poder informarle muy fácilmente en caso de que requiera modificar su certificado al momento de entrar en vigor el Acuerdo, esto no quiere decir que todos los certificados al día siguiente se van a reconocer, toda vez que alguna de las dependencias tendrán que hacer cambios específicos en los mismos (modificarlos o actualizarlos periódica y gradualmente), para transformar los nuevos certificados reconocidos por todas las que se integren.

Así, con la intención de mantener una cercana información entre las dependencias y los usuarios, se tiene previsto establecer centros telefónicos de las mismas o páginas de Internet, donde se les informará si se puede hacer el trámite pretendido, ya que esto involucra la transformación o adecuación de cuestiones técnicas. Por ejemplo, la SFP ya tiene certificados para su aplicación de clave y para la presentación de la declaración patrimonial, pero ese certificado que se genere sin las características especificadas en el Acuerdo, no va a poder ser reconocido por los demás integrantes, porque no cumple con las características tecnológicas del proceso de identificación; por ende, el motivo para rechazar el certificado obedecería a un problema de tipo tecnológico, y en ello estamos trabajando todos en conjunto.

El Acuerdo contempla una previsión para que todas las cuestiones tecnológicas queden en el ámbito de la dependencia, es decir, debe resolverse por la dependencia, sin considerarse necesariamente una obligación. Actualmente los trabajos del SAT con la SFP y las demás entidades públicas federales, tienen el propósito de hacer homogéneos los procesos de reconocimiento para que todos los certificados del SAT se acepten en los diferentes niveles de gobierno, incluso, se está contemplando su uso en las Entidades Federativas y Municipios para hacer los trámites ante ellos, con la intención de consolidar el concepto amplio de gobierno electrónico.

El proyecto es muy amplio y pretende alcanzar una operación real, en virtud de que algunos otros servicios electrónicos no han alcanzado sus objetivos, como es el caso del TRAMITANET, el cual está muy incipiente, pues muchos de los trámites ofrecidos ahí, no se pueden realizar en la práctica.

Respecto a la probable incorporación de las Entidades Federativas, cada una tiene diferente nivel de avance tecnológico, algunas tienen un gran avance y para otras el proceso es menor, por lo que en forma gradual se abrirán más posibilidades para compartir con ellas los temas de la comunicación electrónica, con la intención de establecer en el marco del respeto y la libre incorporación, un verdadero gobierno electrónico que incluya a toda la administración pública.