La propuesta de reforma en la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo consiste en que:
- Se incrementará la tasa del 2% al 3% (Art. 3o)
- El importe exento a los depósitos en efectivo disminuye de $25,000.00 (2009) a $15,000.00, por lo cual el excedente quedaría gravado (Art.2o fracción III)
- La autoridad notificará al contribuyente los saldos a pagar por IDE, para que en un plazo de 20 días hábiles desvirtúe por escrito y con documentación, la existencia del saldo a cargo. De no hacerlo en el plazo establecido, determinará el crédito y requerirá del pago, más la actualización y recargos
- Se incorporan como parte del sistema financiero para efectos del IDE a las sociedades:
- Cooperativas de ahorro y préstamo,
- Financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural,
- De objeto múltiple
Fuente: IDC Infoflash 1131