IVA a intereses pagados por Repecos

A partir del 1º julio de 2010 los pequeños contribuyentes pagarán más por los créditos solicitados

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 .  (Foto: IDC online)

En la iniciativa de reforma propuesta por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en lo referente a la Ley del Impuesto al Valor Agregado; se pretende gravar estos intereses a partir del 1 de julio de 2010, aun cuando el crédito sea destinado a la actividad empresarial del contribuyente ?Repeco-. Durante los meses de enero a junio de 2010, para que continúen exento los intereses pagados por las personas físicas que desarrollen actividades empresariales y profesionales, así como los arrendadores, deberán presentar ante la institución financiera de que se trate, su constancia de inscripción en el RFC donde se pueda verificar que no tributan como Repecos (artículo 15, fracción X, inciso b, y Octavo transitorio)

Fuente: IDC Infoflash 1131