Vence el plazo para tramitar la FEA

Vence el plazo para tramitar la FEA

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 .  (Foto: IDC online)

El artículo 17-D del CFF prescribe que cuando las disposiciones fiscales obliguen a presentar documentos, éstos deberán ser digitales y contener una firma electrónica avanzada del autor (FEA), la cual podrá ser tramitada por los contribuyentes ante el SAT.

La obligación de contar con una Firma Electrónica Avanzada, según el artículo segundo, fracción XXI de las disposiciones transitorias 2004 del CFF inicia a partir de 2005. Esta firma se utilizará para presentar cualquier declaración o aviso que tenga efectos fiscales por lo que para el presente ejercicio se deberá contar con ella.

No obstante, en reforma a las reglas 2.16.1. y 2.19.1. de la RMISC 2004, se permite presentar las declaraciones provisionales 2005 y anuales 2004 con la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), o bien con la FEA.

Los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros o los que opten por hacerlo conforme al artículo 32-A del CFF, así como los contadores autorizados para dictaminar; para poder presentar el dictamen correspondiente al ejercicio 2004 deberán contar con su FEA.

La fecha límite para presentar el citado dictamen es el 30 de junio de 2005, según apunta el artículo séptimo transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación.

El proceso para tramitar la FEA, implica además de integrar cierta información, acudir ante el SAT previa cita, la cual por la capacidad de respuesta se está programando en fechas posteriores a la presentación del citado dictamen.

Para dar solución al trámite oportuno para contribuyentes dictaminados, la autoridad ofrece agilizar los procesos, incluso, ha señalado extraoficialmente que al solicitar la cita se indique que se trata de un contribuyente a dictaminar para realizar el trámite en un plazo breve; por otra parte, en comunicado publicado en su página de Internet, se establece que la fecha límite para tramitar la FEA es el mes de mayo de 2005. Por ello, los contribuyentes y los contadores que intervengan en el dictamen fiscal deben tramitar lo antes posible su FEA.