En apego a las facultades que le confiere el artículo 72, inciso c) de nuestra carta Magna, el Ejecutivo Federal devolvió con sus respectivas observaciones al órgano legislativo, el proyecto de ley que consideraba la reforma al artículo 31, fracción III de la LISR, donde se eliminaba la obligación de pagar los consumos de combustibles menores a $2,000.00 mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, de servicios, o con monederos electrónicos autorizados. Esta facultad constitucional llamada veto, se presentó en los primeros días del mes de septiembre cuando se regresó a la Cámara de Diputados dicho proyecto, para que sean evaluadas las observaciones y se someta a un nuevo proceso legislativo.
La justificación del Ejecutivo se basa en el combate a la evasión fiscal que permitía la emisión de facturas apócrifas sin control, así como para inhibir la venta ilegal del consumo de combustibles.
El efecto fiscal por no promulgar esta reforma, consiste en permanecer vigente la obligación de cubrir los combustibles, sin importar su monto, utilizando los medios de pago antes señalados, a efecto de que proceda su deducción.