Prórroga para el dictamen del DF

Prórroga para el dictamen del DF

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 .  (Foto: IDC online)

Los contribuyentes que deban presentar dictamen por la obligaciones fiscales del ejercicio 2005 contenidas en el artículo 80 del Código Financiero del Distrito Federal (CFDF), con fundamento en el artículo 86 de este mismo ordenamiento enviarán el dictamen a través de los medios que establezca la Secretaría de Finanzas del DF (SFDF), dentro de los siete meses siguientes al cierre del período a dictaminar; esto es, a más tardar en el mes de julio de 2006.

Al respecto, la SFDF emitió en la Gaceta Oficial del DF, del 23 de junio de 2006, las Reglas de Carácter General para el Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales del Dictamen Fiscal del Ejercicio 2005, donde se dan a conocer los Anexos y las formalidades para la presentación de dicho dictamen, así como la posibilidad de ampliar hasta por un mes a más su presentación de acuerdo con las disposiciones del CFDF, es decir al 31 de agosto de 2006, pero sólo si existen causas comprobadas que impidan el cumplimiento dentro del plazo establecido. Ahí mismo se señala que el dictamen y la información correspondiente, deberán transmitirse en medios electrónicos a través del Sistema para la Presentación de Dictámenes por Internet (SIPREDI) en la dirección electrónica de la SFDF www.finanzas.df.gob.mx y presentar la documentación señalada en la fracción II, de la regla octava (carta de presentación, opinión, relación de impuestos y contribuciones a cargo, avalúo, entre otros).

En esta misma publicación se da a conocer que se prorroga la fecha de presentación del dictamen de las obligaciones fiscales del DF correspondiente al ejercicio 2005, hasta el 30 de septiembre de 2006, esto en atención al numeral tercero, de las Reglas de Carácter General mediante las cuales se otorga prórroga para la presentación del dictamen de cumplimiento de las obligaciones fiscales vigentes en el año 2005 establecidas en el CFDF, emitidas por esa Secretaría.