Qué Estados cobran impuestos cedulares

Si planea realizar actividades en diversos estados de la República, vale la pena revisar si el acto no está gravado por impuesto local

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 .  (Foto: IDC online)

Los gobiernos de las entidades federativas, están facultados para cobrar impuestos locales por la obtención de ingresos que deriven de:

  • la prestación de servicios personales subordinados
  • la prestación de servicios personales independientes
  • la realización de actividades empresariales
  • el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles
  • la enajenación de bienes inmuebles

No obstante, han sido pocas las entidades federativas que ya contemplan este tipo de gravámenes, y solo sobre algunos conceptos, por lo cual se da a conocer el status que al día de hoy guardan los impuestos cedulares, conforme a la Ley de Ingresos 2007 de cada estado: 

Estado Conceptos gravados
Chihuahua
  • Enajenación de inmuebles
  • Arrendamiento de inmuebles
Guanajuato
  • Prestación de servicios profesionales
  • Otorgamiento uso o goce temporal de bienes inmuebles
  • Realización de actividades empresariales.
Nayarit
  • Otorgamiento uso o goce temporal de bienes inmuebles
Oaxaca
  • Otorgamiento uso o goce temporal de bienes inmuebles
Quintana Roo
  • Enajenación de bienes inmuebles