Vigencia de la reforma fiscal

Aun cuando la mayoría de las reformas entrarán en vigor el 1° de enero de 2008, algunas lo harán en fecha distinta

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 .  (Foto: IDC online)

El pasado 1o de octubre, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y establecen diversas disposiciones a las leyes fiscales, así como la promulgación de nuevos ordenamiento en esta materia, La vigencia de estas modificaciones y leyes nuevas inicia en los siguientes términos: 

Ley o Decreto Vigencia Comentario
Impuesto sobre la Renta 1o de enero de 2008 La exención por ganancia de la enajenación de acciones prevista en el artículo 109, fracción XXVI entró en vigor al día siguiente de la publicación: 2 de octubre (art. único del Decreto) 
Código Fiscal de la Federación 1o de enero de 2008  Sólo las modificaciones
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios 1o de enero de 2008  Idem 
Subsidio para el Empleo 1o de enero de 2008  Idem
Impuesto al Valor Agregado 1o de enero de 2008  Idem 
Impuesto a los Depósitos en Efectivo 1o de julio de 2008  Todo el ordenamiento (art. primero transitorio)
Impuesto Empresarial a Tasa Única 1o de enero de 2008  En lo general toda la estructura de la Ley, pero algunas reformas tendrán una aplicación gradual:
Tasa: 16.5% para 2008, 17% en 2009 y 17.5% en 2010
Factor de acreditamiento sobre salarios y contribuciones de seguridad social: 0.165 para 2008, 0.17 en 2009 y 0.175 en 2010
Impuesto al Activo Hasta el 31 de diciembre de 2007 Se abroga
De Coordinación Fiscal 1o de enero de 2008 Únicamente las reformas
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Idem Idem

 Respecto del dictamen aprobado por el Órgano Legislativo únicamente quedarían pendientes de publicación el nuevo gravamen sobre combustibles previsto en la LIESPS y la abrogación del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos concebida para el 2012.

Al día de hoy, está pendiente de aprobación la Ley de Ingresos de la Federación 2008.