Deudores fiscales al buró

Los contribuyentes que tengan créditos fiscales pendientes deben considerar que podrán incluirse en el buró de crédito

.
 .  (Foto: IDC online)

A partir del 1o de enero de 2008, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) proporcionará a las sociedades de información crediticia autorizadas (SIC), la información de los contribuyentes que cuenten con créditos fiscales pendientes de pago a esa fecha y los que a partir de la misma no sean pagados o garantizados en los plazos legalmente establecidos, de acuerdo con las reglas de carácter general que al efecto se publiquen (artículo séptimo transitorio, fracción XI de la Ley de Ingresos de la Federación 2007).

Así, en las reglas 11.17. y 11.18. de la Cuarta Modificación de la RMISC 2007, se estableció que la información será proporcionada por el SAT de manera mensual a través del esquema de comunicación que se establezca entre éste y las citadas sociedades. De igual forma se prevé un procedimiento para que los contribuyentes soliciten las aclaraciones conducentes sobre la situación de sus créditos fiscales exclusivamente.

La aclaración podrá presentarse ante el SAT o a las SIC, indistintamente. Cuando sea turnada ante el SAT, éste resolverá su procedencia o ratificará el estado que guarda el crédito fiscal, comunicándolo al contribuyente, lo que resulta razonable, pues ese organismo cuenta con la información necesaria. Las solicitudes enviadas a las SIC se resolverán mediante el procedimiento que éstas determinen. Cabe indicar que no se señala si las SIC podrán modificar o confirmar un registro sin anuencia del SAT, lo que puede generar cierta inseguridad para los contribuyentes, ya que conforme al artículo 45 de la Ley para las Sociedades de Información Crediticia, si el cliente (en este caso el SAT) no responde en un plazo de 30 días naturales contados a partir de la notificación de la reclamación, la sociedad deberá modificar o eliminar la inscripción.

Los contribuyentes que tengan créditos fiscales pendientes deben considerar que podrán incluirse en el buró de crédito, por lo que es importante revisar su situación fiscal a fin de no dañar su imagen crediticia.