IETU ¿base del IVA?

Los impuestos que forman parte de la base del IVA son aquellos que se trasladan a terceros y el IETU no tiene tal característica

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 .  (Foto: IDC online)


Para calcular la base del impuesto al valor agregado (IVA) de los actos gravados (enajenación, prestación de servicios y arrendamiento de bienes), se considerará el valor del precio o la contraprestación pactados, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto (arts. 12, 18 y 23 de la LIVA).

Como se aprecia, la base del IVA se ve incrementada con algunos conceptos que se cargan o cobran al adquirente, derivados de la operación pactada, y en el caso del impuesto empresarial a tasa única (IETU), no es una cantidad que se traslade o cargue al adquirente, pues en términos del artículo 1o de la LIETU, los únicos obligados a su pago son las personas físicas y morales residentes en territorio nacional, y los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, que obtengan los ingresos gravados por ese impuesto, razón por la cual no debe formar parte de la base del IVA.