Nuevos criterios no vinculativos SAT

La autoridad fiscal difundió pautas sobre la no deducibilidad de la PTU y pagos de regalías entre partes relacionadas para IETU

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 .  (Foto: IDC online)

El portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), difundió el Anteproyecto del Anexo 26 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 "Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras"

Aunque el documento está pendiente de publicación en el DOF, adelantamos que su contenido comprende dos nuevos criterios no vinculativos:

  • 17/ISR. No deducibilidad de la participación en las utilidades de las empresas pagada a los trabajadores a partir del 2005. El SAT confirma su postura de que si en la sentencia de amparo no se analiza el referido tópico, no se puede interpretar, aun con resolución favorable contra la fracción XXV, del artículo 32 de la LISR de los ejercicios 2002, 2003 y 2004, que la PTU pagada a partir de 2005 es deducible, ya que los artículos 10 y 61 de dicho ordenamiento permiten su disminución de la utilidad fiscal, además de que los amparos concedidos contra la fracción XXV del citado artículo 32 en relación con el artículo segundo transitorio vigente en 2004, no resultan aplicables a una nueva norma
  • 01/IETU. Pagos con y entre partes relacionadas provenientes de transferencia de tecnología o informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas no son objeto de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Acertadamente la autoridad señala que los pagos por concepto de regalías, con la excepción del pago por el uso o goce temporal de equipos industriales, comerciales o científicos, no es objeto de la LIETU cuando se efectúe con y entre partes relacionadas, por estar expresamente regulado en el artículo 3o, fracción I de la LIETU

Salud empresarial le dará noticia de la publicación oficial del Anexo 26.

Fuente: SAT