Presente en tiempo el listado del IETU

La información del segundo semestre se presentará en la fecha en que venza la presentación de los pagos provisionales

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 .  (Foto: IDC online)

Existe confusiónrespecto a si el listado de conceptos que sirvan para determinar el IETU de losmeses de junio a diciembre de 2008, debía o no presentarse, y en su caso, cuándoera la fecha límite para cumplir con dicha obligación.

Paraaclarar tal situación, el SAT dio a conocer en el DOF del 31 de julio de 2008 unamodificación a la regla II.2.12.7. de la RMISC 2008 en la que se indica que el citadolistado, se presentará en el mismo plazo establecido para la presentación delos pagos provisionales de dicho impuesto, es decir, a más tardar el día 17 delmes siguiente al que corresponda el pago.

Respectoa la información correspondiente al mes de junio se señala que se presentará amás tardar el 10 de agosto de 2008.

Lasempresas que lleven a cabo operaciones de maquila, presentarán la informaciónde la determinación del IETU en los mismos plazos, utilizando el formatocorrespondiente.