4 de mayo, inhábil para efectos fiscales

El SAT informa a través de su página de Internet que este día se considerará inhábil para efectos del artículo 12 del CFF

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 .  (Foto: IDC online)

El SAT dio a conocer el anteproyecto de la Primera Modificación a la RMISC 2009, por medio del cual se adiciona la regla I.2.1.23. que precisa que para los efectos del Artículo Primero del ?Acuerdo mediante el cual se ordena la suspensión de labores en la Administración Pública Federal y en el sector productivo de todo el territorio nacional, durante el periodo que comprende del 1o. al 5 de mayo del presente año?, publicado en el DOF el 30 de abril de 2009 y de los artículos 12, primer párrafo y 13 del CFF, se considera como día inhábil para el SAT el 4 de mayo de 2009.