Más beneficios en el Edomex

Se dan beneficios adicionales para quienes creen nuevas fuentes de trabajo, y se extiende el plazo de la exención hasta diciembre de 2009

.
 .  (Foto: IDC online)

Con motivo de la  crisis financiera nacional e internacional,  y el impacto económico que la contingencia sanitaria la Entidad  ha afectado a la entidad se dieron a conocer los siguientes apoyos adicionales a los publicados el pasado 6 de mayo.

Exención del impuesto sobre nóminas

Se extiende  el periodo del beneficio. Originalmente comprendía de mayo a julio, y ahora es de mayo a diciembre.

En la Gaceta de Gobierno del Estado de México del 6 de mayo se dio a conocer un subsidio  del 100% del Impuesto Sobre Erogaciones Por Remuneraciones al Trabajo Personal, a aquellos contribuyentes  cuyo objeto social sea la actividad restaurantera, hotelera o de esparcimiento. No obstante, conforme a la publicación del pasado 25 de mayo, se amplía el período del beneficio, por lo que el subsidio será aplicable de mayo a diciembre de 2009.

Asimismo, se dieron a conocer las reglas aplicables para obtener este beneficio, entre las que destaca el que estén al corriente en sus pagos del impuesto sobre nóminas causado al 30 de abril de 2009; y presenten  sus declaraciones mensuales en tiempo y forma, de acuerdo con un calendario publicado para tal efecto, haciendo notar que  por el periodo de causación de mayo 2009, la fecha límite de pago y/o presentación de la declaración es el 10 de junio del corriente, es de resaltarse este punto,  ya que en caso de que se deje de presentar o se haga de forma extemporánea, dará lugar  a la pérdida del subsidio en los periodos siguientes. 

Subsidio del impuesto sobre nóminas por creación de nuevas plazas de trabajo

Se subsidia al 100%  el pago del impuesto  sobre nóminas respecto de las nuevas plazas laborales que se creen de mayo a diciembre de 2009.

Al igual que para el subsidio anterior, se establecen diversos requisitos,  destacando que si la presentación de las declaraciones no se realiza en  tiempo y forma y/o no se entere el saldo a cargo, dará lugar a la pérdida del subsidio por los períodos restantes. 

Subsidios a los municipios

Se otorgará  a los municipios del Estado de México, una subsidio equivalente al 100% del monto de la exención del Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje que otorguen a los contribuyentes de dicho impuesto de mayo a diciembre de 2009. El 75% será entregado por el Gobierno del Estado y el 25% restante por la Federación, conforme al Decreto publicado en el DOF del 7 de mayo de 2009.

Programa  de Apoyo Directo para el Desempleo 

Este Programa  beneficia a hombres y mujeres mayores de 18 años que se hayan quedado sin empleo entre el 1° de octubre del 2008 y el 22 de mayo de 2009, mediante la entrega de un apoyo económico mensual de $2,000.00 durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2009.  

Para la aplicación de las mismas se observara lo conducente  en las Reglas de carácter general para acceder al apoyo económico mensual  previsto en el acuerdo del C. gobernador constitucional del estado de méxico de fecha 26 de mayo de 2009.