Cambios en el Tratado con Países Bajos

Se reconoce al IETU y disminuye la tasa de retención sobre intereses y regalías pagados

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 .  (Foto: IDC online)

El 11 de diciembre de 2008 se firmó el Protocolo que modifica el Convenio entre México y el Reino de Países Bajos para Evitar la Doble Tributación e Impedir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta, firmado el 27 de septiembre de 1993, publicado el 29 de diciembre de 2009 en el Diario Oficial  de la Federación, cuyos cambios importantes son los siguientes:

  • se incorporan nuevos tributos:
  • en los Países Bajos, el impuesto:
  • sobre la renta
  • sobre nómina
  • a las sociedades
  • a los dividendos
  •  en México:
  • impuesto empresarial a tasa única
  • especifica que para la aplicación del Convenio por cualquier Estado, respecto de algún término no definido en el mismo tendrá, a menos que de su contexto se infiera una interpretación diferente, el significado  que se le dé bajo la legislación fiscal aplicable de ese Estado
  • determina que cuando una sociedad sea residente de ambos Estados, las autoridades competentes de las entidades resolverán mediante acuerdo mutuo la cuestión, considerando la sede de dirección efectiva de la sociedad, el lugar en el que esté constituida o de otra manera establecida y cualquier otro factor importante; si no existe dicho arreglo, la sociedad no tendrá derecho a solicitar los beneficios del tratado, salvo los puntos relativos a la no discriminación y el procedimiento amistoso
  • reduce la tasa de retención sobre los intereses pagados a un residente en otro Estado en los siguientes términos:
  • 5% del monto bruto de los intereses en el caso de intereses pagados por un préstamo de cualquier clase, concedido por un banco o cualquier otra institución financiera, incluyendo bancos de inversión y bancas de ahorro, y compañías de seguros; los pagados sobre bonos y títulos valor que se negocien regular y substancialmente en un mercado de valores reconocido
  • 10% del monto bruto de los intereses en todos los demás casos
  • disminuye la tasa del 15% al 10% tratándose de regalías
  • precisa el procedimiento de intercambio de información (confidencialidad de la misma, y los mecanismos para que los Estados no se nieguen a proporcionarla)
  • agrega un nuevo artículo que contempla la asistencia en el cobro de impuestos y la forma de hacerlo

El Tratado entró en vigor el pasado 1o de enero de 2010