El SAT confirma prórroga de dictamen

El IMCP había informado de la prórroga, la cual al no haber sido contemplada en la RMISC generó desconcierto entre los contribuyentes

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 .  (Foto: IDC online)

A través de su página de Internet, el SAT da a conocer la Primera Resolución de Modificaciones a la Miscelánea 2010, cuyos puntos importantes son: 

Los obligados a dictaminar o que hubiesen optado por ello para el ejercicio 2009, podrán no presentar las conciliaciones entre:

  • el resultado contable y el determinado para el IETU (completa)
  • los ingresos dictaminados según estado de resultados, los acumulables para efectos del ISR, los percibidos para efectos del IETU y el total de actos o actividades para efectos del IVA e IETU (regla I.2.18.14.)

Se prorrogan las fechas para la presentación del dictamen 2009:

  • las sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, lo efectuarán hasta el dos de agosto de 2010 (artículo segundo transitorio)
  • los demás contribuyentes lo harán dentro del período previsto en el siguiente calendario:
LETRAS DEL RFC FECHA DE ENVIO
De la A a la F del 16 al 19 de julio de 2010
De la G a la O del 20 al 22 de julio de 2010
De la P a la Z y & del 23 al 26 de julio de 2010
  • quienes tengan su domicilio fiscal en Mexicali, Baja California, o San Luis Río Colorado del Estado de Sonora, lo podrán presentar hasta el 31 de agosto de 2010 (artículo cuarto transitorio)