obligados a:
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Inscribirse en el Registro Estatal de Contribuyentes (REC), lo cual podrán hacer:
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Acudiendo al Centro de Servicios Fiscales y/o módulo de Atención al Contribuyente, con los requisitos y documentación establecidos en su pagina electrónica
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Realizando por Internet un pre-registro de inscripción, y concluyendo de conformidad con el punto anterior
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Presentar declaraciones mensuales ya sea de pagos o en ceros y, o bien de forma anual cuando se pretenda realizar en una sola exhibición el pago anual del impuesto
Por su parte, estarán obligados a presentar declaración anual informativa, dentro de los dos primeros meses del año. quienes:
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proporcionen trabajadores a terceros cuyo domicilio se encuentre dentro o fuera del territorio del Estado
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contraten en territorio del Estado, servicios mediante los cuales se les proporcione trabajadores
El formato podrá obtenerse y requisitarse electrónicamente, y en su caso, realizar el pago a través de la banca electrónica o con cargo a tarjetas de crédito participantes, o bien, imprimirla y presentarla en ventanilla bancaria.
Para mayor información, se sugiere consultar la Gaceta del Estado de México del 20 de enero de 2010 (págs. 18 a 21).