Reformas al Código Fiscal del DF

Se beneficia a algunos sectores al incrementar los porcentajes de condonación y de reducción aplicables a diversas contribuciones

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 .  (Foto: IDC online)

En la Gaceta Oficial del DF del 16 de marzo se publican algunas modificaciones al Código Fiscal de DF, dentro de las cuales destacan las siguientes: 

  • Los fedatarios ahora contarán, en vez de cinco, con 15 días hábiles, siguientes al en que se formalice en escritura pública la adquisición del inmueble de que se trate, para enterar el impuesto respectivo (artículo 121 del Código Fiscal del Distrito Federal ?CFDF-)
  • Se reduce la cuota que se debe pagar por el servicio de guarda definitiva de los libros del protocolo de los notarios públicos por cada libro adicional de  $500.00 a $50.00 (artículo 211 del CFDF)
  • El 50% de los derechos de permiso de filmación que se destina para la operación de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México constituyen una ampliación líquida a su presupuesto, ya que  antes eran de aplicación automática (artículo 269 del CFDF).
  • Se aumenta del 80% al 100% la condonación de ciertos derechos relacionados con el Registro Público de la Propiedad (RPP) y Archivo General de Notarías (AGN) a los poseedores de inmuebles que se encuentren previstos en los programas de regularización territorial del DF (artículo 271 del CFDF)
  • Incremento del 80% al 100% la reducción a que tienen derecho las Instituciones de Asistencia Privada, legalmente constituidas, respecto de las siguientes contribuciones:
    • Impuestos
      • impuesto sobre adquisición de inmuebles
      • impuesto predial
    • Derechos por:
      • el registro, análisis y estudio de manifestación de construcción tipos "A", "B" y "C"
      • expedición de licencia de conjunto o condominio
      • expedición de licencias de subdivisión, relotificación o fusión de predios
      • servicios de alineamiento de inmuebles sobre la vía pública
      • señalamiento de número oficial de inmuebles
      • expedición de copias certificadas y simples o fotostáticas de documentos
      • reposición de constancia o duplicado de la misma
      • compulsa de documentos
      • búsqueda de documento original en los archivos oficiales, de los ingresos por contribuciones en específico los derechos por la prestación de servicios
      • servicios relacionados con el RPP, con excepción de los derechos del AGN (artículo 284 del CFDF)
  • Se precisa que las tablas del nivel de desarrollo de las manzanas son parte integrante del Decreto de reformas, y se indica que el Gobierno del DF a más tardar el 31 de mayo de 2010 publicará en su página de Internet la clasificación de manzanas en mapas geográficos. Asimismo, en el recibo correspondiente anexará un volante dende explique el procedimiento respectivo para que el gobernado pueda hacer aclaraciones al respecto (artículo vigésimo primero transitorio del Decreto de reformas original).
  • A los solicitantes por primera vez, de los derechos por suministro de agua que no cuenten con medidor instalado de uso doméstico y que se ubiquen en manzanas tipo popular, bajo y medio y/o solicitantes a regularizar los servicios de agua en estas mismas zonas por la instalación y/o regularización de albañales para su conexión a las redes de drenaje, se otorgará un descuento del 50% en lo referente al pago de derechos de conexión de tomas y descargas domiciliarias (artículo Tercero transitorio)

Vigencia: A partir del 17 de marzo de 2010.