Declaración de información estadística

Declaración de información estadística

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 .  (Foto: IDC online)

La modificación a las reglas 2.14.2. y 2.15.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2003, permite a los contribuyentes personas físicas, en relación con la declaración estadística de información, presentar la primera declaración señalando el motivo por el cual no tienen impuesto a cargo, y quedar relevados de la obligación de hacerlo en meses subsecuentes del ejercicio, hasta en tanto no tengan impuesto a cargo o saldo a favor y no varíe el motivo señalado en la declaración de información estadística presentada.

Lo anterior no aplica para las contribuciones que se consideren pagos definitivos.

Este intento de simplificación en la presentación de la declaración en ceros (pomposamente denominada declaración estadística de información), no ha traído el beneficio requerido por dos aspectos:

  • no es aplicable a las personas morales, cuando no debería hacerse distinción alguna, y
  • no puede aplicarse a las contribuciones consideradas pagos definitivos, por lo que un contribuyente causante del impuesto sobre la renta y al valor agregado, podría dejar de presentarla por el primer impuesto, pero no por el segundo, quedando sin efecto el beneficio.