A efecto de flexibilizar el trámite de la presentación del aviso correspondiente, que evidentemente aumentará debido a la universalidad de la compensación, se amplían los plazos para su presentación, de conformidad con la regla 2.2.5. de la RMISC 2004:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC | Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación |
1 y 2 | Sexto y séptimo día hábil siguiente |
3 y 4 | Octavo y noveno día hábil siguiente |
5 y 6 | Décimo y décimo primer día hábil siguiente |
7 y 8 | Décimo segundo y décimo tercer día hábil siguiente |
9 y 0 | Décimo cuarto y décimo quinto día hábil siguiente |