Inscripción de trabajadores al RFC

Inscripción de trabajadores al RFC

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 .  (Foto: IDC online)

A través de su página de Internet, el SAT informa que los empleadores que no hubiesen inscrito ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a las personas a las que les efectuaron pagos durante el ejercicio de 2004 por concepto de salarios, tendrán por cumplida esta obligación, cuando la Declaración Informativa Múltiple presentada en los términos de los Capítulos 2.20. ó 2.21. de la Resolución Miscelánea Fiscal, según corresponda, contenga la información, RFC a 10 posiciones y CURP a 18 posiciones, de las personas citadas, requerida en dicha declaración.