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 .  (Foto: IDC online)

Utilidad a Reinvertir a la Salida del Régimen Simplificado

En términos de la fracción XVI, del Artículo Segundo, de las Disposiciones Transitorias de la LISR para 2002, ya venció el plazo de 30 meses para reinvertir la utilidad generada a la salida del régimen simplificado, en bienes de activo fijo; razón por la cual se podrá solicitar una prórroga del mismo a más tardar el próximo 15 de septiembre.

Para conocer los pormenores, IDC pone anticipadamente a disposición de sus suscriptores, el tema ¿Reinvirtió la utilidad generada por su salida del régimen simplificado vigente en 2001?

Para su consulta, favor de acceder a la sección de " IDC lo Pone al Día" de nuestra página electrónica www.idcweb.com.mx previa captura de sus claves de acceso, o consultarlo en la  edición impresa de Contabilidad Fiscal, en la edición 94.

Seminarios IDC
IDC lo invita a nuestro próximo seminario “Sueldos y salarios: un enfoque fiscal, laboral y de seguridad social”,  a celebrarse el próximo 23 y 24 de septiembre en la Cd. De México. Mayores informes en el teléfono (55)91-77-43-42 o en el 01-800-22-16-789.

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