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 .  (Foto: IDC online)

Infonavit pondrá en marcha un nuevo Programa de Facilidades de Pago para Patrones Morosos

Este programa operará en noviembre, diciembre, enero y febrero próximos para patrones con créditos por aportaciones del 5% de vivienda, y sus accesorios (actualización y recargos correspondientes), así como los recargos generados por la omisión del entero de las amortizaciones de crédito de sus trabajadores relativos a cualquier período o períodos anteriores al primer bimestre de 2004.

Entre los beneficios ofrecidos están:

  • la celebración de convenios de pago hasta en 60 parcialidades, o en parcialidades pequeñas con pagos extraordinarios semestrales y/o anuales, según su capacidad de pago;
  • no ser objeto de revisión por los períodos sujetos a regularización, salvo en que medie denuncia de alguno de sus trabajadores;
  • la no presentación de querellas por la posible comisión de un delito fiscal, y
  • en caso de los patrones que hubiesen sido requeridos antes de su incorporación al Programa, tendrán derecho a una condonación en multas y gastos de ejecución generados, la cual dependerá de la forma de pago de su adeudo, así como la fecha de su incorporación al Programa. Los porcentajes aplicables son:

 

Forma de pago elegida por el patrón

Concepto a condonar

Porcentaje de condonación de acuerdo
al mes de adhesión

Noviembre

2004

Diciembre

2004

Enero

2005

Febrero

2005

Una exhibición

Multa

100%

75%

50%

25%

Gastos de ejecución

50%

37.5%

25%

12.5%

En parcialidades

Multa

75%

50%

25%

No hay condonación

Gastos de ejecución

37.5%

25%

12.5%

Los patrones interesados en adherirse a este Programa deberán:

  • solicitar por escrito su incorporación;·
  • regularizar el total de sus adeudos;
  • señalar la forma en que garantizarán el interés fiscal, y exhibir dicha garantía dentro de los plazos señalados en Código Fiscal de la Federación, en caso de convenir el pago en parcialidades;
  • no mantener adeudos por amortizaciones y/o su actualización, así como por aportaciones de trabajadores que hubiesen obtenido su crédito con anterioridad al primer bimestre de 2004;
  • no adeudar aportaciones y/o amortizaciones, ni tener requerimientos pendientes de atender de los bimestres vencidos relativos al ejercicio de 2004;
  • presentar por cada bimestre adeudado, las cédulas de autodeterminación de aportaciones y amortizaciones generadas por el SUA, o en su caso, los formatos SAR-01 y SAR-02 debidamente llenados a fin de individualizar los adeudos, y
  • no haber interpuesto ningún medio de defensa en contra de los requerimientos de pago formulados por el Instituto, y de ser así, presentar su desistimiento.

Vea más información en nuestro próximo número impreso de fecha 31 de octubre.

 Seminarios IDC

IDC lo invita a nuestro próximo seminario “ Tratamiento Corporativo y Fiscal de las Acciones”,  a celebrarse el próximo 21 y 22 de  octubre  en la Cd. De México. Mayores informes en el teléfono (55)91-77-43-42 o en el 01-800-22-16-789, o dando click en la siguiente dirección:

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