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 .  (Foto: IDC online)

Acuerdo que establece los casos, supuestos y requisitos para que proceda la condonación de recargos y multas generados con anterioridad a 2003

Tal y como señalamos en el Infoflash 431, se establecía como causa de improcedencia para la aplicación del Acuerdo, en el Apartado V, numeral 4, inciso e) “Se trate de contribuciones federales causadas con anterioridad al 1 de enero de 2003”, por lo que existía una contradicción con lo dispuesto en la LIF y en consecuencia se esperaba una aclaración por parte de la autoridad.
En este sentido en el DOF de hoy, se  aclara tal situación y se señala la improcedencia tratándose de contribuciones federales causadas con posterioridad al 1° de enero de 2003.

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