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 .  (Foto: IDC online)

Pagos provisionales del impuesto al activo

El día de hoy el SAT da a conocer en su página de Internet, la Décima Tercera Resolución de Modificaciones a la RMISC, donde se establecen los siguientes beneficios para efectuar los pagos provisionales del impuesto al activo:

  • se podrá disminuir el monto de los pagos provisionales por el primer semestre, y posteriormente reintegrarán esa disminución en el segundo semestre conforme a lo siguiente (regla 4.17.):

  

 

Impuesto del ejercicio inmediato anterior actualizado sin disminuir deudas

Entre:

12

Igual:

Pago provisional del IA

Por:

Factor de actualización

Igual:

Pago provisional mensual del IA

Menos:

Reducción del % que corresponda (sólo en el primer semestre)

Más:

Incremento del % que corresponda (sólo en el segundo semestre)

Igual:

Pago provisional mensual del IA 2007 (PPA)

 

 

Donde:

 

 

INPC del mes del pago provisional

Entre:

INPC de diciembre 2006

Igual:

Factor de actualización

 

PPA del mes

% que se reduce

PPA del mes

% que se incrementa

Enero

50

Julio

10

Febrero

40

Agosto

20

Marzo

30

Septiembre

30

Abril

20

Octubre

40

Mayo

10

Noviembre

50

Junio

0

Diciembre

0

 
  • quienes no opten por el procedimiento anterior, podrán calcular los PPA como sigue (regla 4.18.):

           

 

Valor de los activos conforme al artículo 2 de la LIA al primer día del mes sin disminuir las deudas

Más:

Valor de los activos conforme al artículo 2 de la LIA al último día del mes sin disminuir las deudas

Igual:

Subtotal

Entre:

Dos

Igual:

Valor promedio de los activos

Por:

1.25% (tasa del IA)

Igual:

IA del mes del PPA

Entre:

12

Igual:

PPA del mes que corresponda

  • los contribuyentes de este impuesto, cuyos ingresos en el ejercicio 2006, no hubiesen excedido de $4´000,000.00, podrán efectuar el PPA de enero 2007, hasta el 17 de marzo (regla 4.19.).

 

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