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 .  (Foto: IDC online)

Prórroga de la declaración informativa del IVA
El día de hoy el SAT da a conocer en su página de Internet, la prórroga a personas físicas para la presentación de la declaración informativa de operaciones con terceros del IVA a partir de 2008. Asimismo, se señala que próximamente se publicarán las reglas correspondientes sobre el calendario y el formato aplicables. En tanto, se presenta en la misma dirección electrónica el simulador para la captura de esa información para las personas morales.
Por el ejercicio del 2007, se tendrá por cumplida esta obligación, cuando esos contribuyentes presenten la información a que se refieren los artículos 86, fracción VIII y 133, fracción VIII de la LISR (clientes y proveedores), siempre que estén obligados a ello.

Importantes reformas constitucionales
En este mismo día se publicaron en el DOF los Decretos por los que se adiciona un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6o, y reforma la fracción X del artículo 73, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Tales reformas disponen que para el ejercicio del derecho de acceso a la información la Federación, los Estados y el Distrito Federal se regirán por los siguientes principios y bases:

  • toda la información, en posesión de cualquier autoridad es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público;
  • la información relativa a la vida privada y los datos personales será protegida de acuerdo con la ley;
  • todas las personas tendrán acceso gratuito a toda la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos;
  • los sujetos obligados deben preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos, y
  • las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos.

Se otorga al Congreso de la Unión la facultad de legislar, además de las ya previstas, en materia de sustancias químicas, explosivos y pirotecnia.
Tales reformas entrarán en vigor el 21 de julio.

Reforma al Contencioso Administrativo
El 18 de julio se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la reforma a los artículos 58, 59 y 61 de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, que entraron en vigor el día de ayer, para determinar que la suspensión del acto impugnado se solicitará al Magistrado Instructor, y no al Presidente de la Sala como preveía anteriormente.

Nuevas Reglas para el divorcio voluntario en el DF
En esa misma  fecha se publicó en el mismo órgano de difusión el Decreto por el que se reforman diversos artículos del Código de Procedimientos Civiles para el DF, reformas que entran en vigor el día 19. Tales modificaciones se efectuaron en los artículos 675 y 676 correspondientes al Título referente al “Divorcio por mutuo consentimiento”, para disponer que sólo se realizará una junta que se efectuará después de los ocho y antes de los quince días siguientes a tal solicitud, en la que el juez los exhortará para procurar su reconciliación; pero si los cónyuges insisten en divorciarse y en el convenio celebrado al efecto, quedan garantizados los derechos de los hijos menores o incapacitados, el juez dictará sentencia quedando disuelto el vínculo matrimonial.

Desayunos IDC
IDC lo invita a nuestro próximo desayuno "Cómo presentar correctamente la Declaración Informativa de IVA de Operaciones con Terceros", a celebrarse el próximo 27 de julio, en la Ciudad de México. Mayores informes en el teléfono (55)91-77-43-42 y 01 800 221 67 89.

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