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 .  (Foto: IDC online)

ISR o IETU, ¿sólo pago el mayor?

El lunes 18 de febrero vence el plazo para presentar tanto el primer pago del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), como el pago provisional del ISR correspondiente a enero 2008.

Para efectos de cumplir con esta obligación, los contribuyentes se preguntan si deberán pagar únicamente el impuesto que resulte más alto. Por ello, consideramos conveniente precisar lo siguiente:

  • Las empresas deberán determinar el monto del pago provisional tanto del ISR como del IETU
  • La LIETU no contiene ninguna disposición similar o equivalente al artículo 7-A de la LIA, por lo tanto no existe la opción de presentar pagos conjuntos de ISR y IETU
  • Lo primero que deberemos pagar será siempre el impuesto sobre la renta
  • El artículo 10 de la LIETU señala que contra el impuesto empresarial, se podrá aplicar el pago provisional del ISR.

Por lo tanto, si el IETU fuera mayor que el ISR, sólo se pagará como IETU, la diferencia. Consideremos el siguiente ejemplo: 

ISR causado

IETU causado

Comentarios

1,000.00

1,300.00

Se pagarán $1,000.00 como ISR y $300.00 de IETU

1,000.00

750.00

En este caso se enterarán únicamente $1,000.00 como ISR y para efectos de IETU se presentará la declaración de información estadística (en ceros)

Cabe señalar que en ambos casos, los contribuyentes deberán presentar también el listado de conceptos ante el SAT. En el caso de la información de enero, ésta se reportará a más tardar el 10 de marzo.