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 .  (Foto: IDC online)

Nuevas reglas de créditos Infonavit
El Infonavit dio a conocer en el DOF de este 22 de febrero cambios sustanciales en las disposiciones que regulan el otorgamiento de créditos de vivienda a los trabajadores derechohabientes del Instituto, mismas que entran en vigor el 23 de febrero. Entre otros, los aspectos más sobresalientes son:

Reglas para el Otorgamiento de Créditos a Trabajadores Derechohabientes del Infonavit
Las modificaciones más importantes se centran en:

  • la incorporación de los nuevos criterios relativos a los montos máximos de crédito a otorgar a los trabajadores que soliciten un crédito en cualquiera de las modalidades ofrecidas por el Infonavit. Se aumenta el límite de 300 a 350 veces el salario mínimo mensual del DF para la adquisición de vivienda y se especifica que no hay topes tratándose de construcción, reparación, ampliación o mejoras de habitaciones, así como el pago de pasivos;
  • los criterios del cálculo de la puntuación para solicitar un crédito de vivienda. Se incrementa el número de puntos a otorgar en cotización continua de entre 10 y 11 bimestres con un mismo patrón (de 24 a 39) y de 12 bimestres o más (de 34 a 55). Asimismo la permanencia en el empleo de más o igual a seis bimestres aumenta de 8 a 21 puntos;
  • la suma total por concepto de crédito más el saldo de la subcuenta de vivienda de la subcuenta individual. Se quitan los límites relacionados con los salarios que perciben los trabajadores y se establece de manera general que la cantidad máxima será de 220 veces el salario mínimo mensual (SMM);
  • el ajuste del saldo y la tasa de interés. A partir de la entrada en vigor de estas reglas los créditos que se otorguen devengarán intereses sobre su saldo ajustado conforme a la tasa de interés variable que se ajustará semestralmente cuando el acreditado reciba un salario mensual integrado mayor al que hubiese recibido en el semestre inmediato anterior.
    La tasa de interés aplicable inicialmente se determinará en el momento del ejercicio del crédito y en lo subsecuente se fijará y ajustará semestralmente en los términos descritos para ser aplicada en el siguiente semestre.
    Anteriormente, la tasa de interés se determinaba al momento del ejercicio del crédito y permanecía constante durante toda la vida del crédito;
  • se adicionó la obligación del Director General del Instituto de publicar en el DOF y en la página de Internet de dicho organismo las condiciones generales de contratación que éste ofrezca a sus derechohabientes que tengan derecho a recibir a un crédito. Estas condiciones serán las estipulaciones, cláusulas y pactos que deben integrar los contratos por los que el Instituto otorgue créditos a sus derechohabientes y regirán los derechos y las obligaciones del Infonavit y sus beneficiados. Cabe señalar que deberán ser aceptadas expresamente por los derechohabientes al celebrar los contratos con el Instituto;
  • se modificaron las tablas de tasas de interés, factores de descuento para el Régimen Ordinario de Amortización (ROA) y Régimen Especial de Amortización (REA), y
  • se adicionaron las tablas de factores de descuento para el ROA y REA para viviendas con tecnologías de ahorro de energía e infraestructura telefónica e Internet.

Reglas para el Otorgamiento de Créditos al Amparo del artículo 43 Bis de la Ley del Infonavit
Los cambios más trascendentes son los relativos a:

  • el saldo de la subcuenta de vivienda podrá ser utilizado por el trabajador que obtenga un crédito en cofinanciamiento como pago parcial de adquisición de la vivienda o para aplicarse a la construcción de ésta;
  • se contempla que los créditos en cofinanciamiento podrán destinarse a viviendas de cualquier valor, y
  • se establece el procedimiento para determinar los descuentos de los créditos conyugales otorgados por el Instituto, para lo cual se adicionan las tablas de: factores de descuento para el ROA y REA

Tablas de montos máximos de los créditos que otorga a sus derechohabientes el Infonavit
Con fundamento en el artículo 48 de la Ley del Infonavit se dan a conocer las tablas mencionadas para la adquisición de viviendas tradicionales, con tecnologías de ahorro de energía e infraestructura tecnológica e Internet, así como para créditos en cofinanciamiento.

 

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