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 .  (Foto: IDC online)

Administraciones competentes
El SAT da a conocer en su portal que los contribuyentes sujetos a la competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes, podrán presentar sus solicitudes de devolución y sus avisos de compensación en las siguientes unidades administrativas, dependiendo de la ubicación de su domicilio fiscal, de la siguiente manera:

Solicitudes de devolución
Directamente en las ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicadas en Valerio Trujano Núm.15, PB, Col. Guerrero, Delegación. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México D.F.

Avisos de compensación
En la Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC) autorizada. que corresponda dependiendo de la circunscripción a la que pertenezca el domicilio fiscal conforme al siguiente cuadro:

ALSC

Circunscripción

Guadalajara

Ubicada en: Av. América  N° 1221 Torre “A”, Col. Circunvalación América, Guadalajara, Jal., C.P. 44630

Colima

Jalisco

Nayarit

Michoacán

Veracruz

Ubicada en: Rayón N° 366, Fracc. Faros. Veracruz, Ver. C.P. 91709

Campeche

Chiapas

Oaxaca

Quintana Roo

Tabasco

Veracruz

Yucatán

Monterrey

Ubicada en: Av. Cristóbal Colón 1501 Esq. Ramón Corona, Col. Industrial Monterrey, Nuevo León. C.P.64440

Coahuila

Durango

Nuevo León

Tamaulipas

Zacatecas

Hermosillo
Ubicada en: Centro FR Gobierno; Blvd. Paseo Del Río Sonora Esq, Galeana Sur P.B. Edif. Hermosillo, Col. Villa de Seris. Hermosillo Sonora. C.P. 83280.

Baja California

Baja California Sur

Chihuahua

Sinaloa

Sonora

Celaya
Ubicada en: Rubén M. Campos s/n Fracc. Zona de Oro 1 Celaya Guanajuato.
C.P. 38020

Guanajuato

Aguascalientes

Querétaro

San Luis Potosí


Los contribuyentes de las circunscripciones del Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala, presentarán sus avisos de compensación directamente en las ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes en Valerio Trujano Núm.15, PB, Col. Guerrero, Delegación. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México D.F.

Cálculo benéfico en el predial
Se publica el día de hoy en la Gaceta Oficial del DF las Reglas de carácter general mediante las cuales se amplía la vigencia del plazo para la presentación del escrito en el que se realice la manifestación de acogerse a los beneficios que establece el artículo sexto transitorio del Código Financiero del Distrito Federal, por virtud de las cuales se permitirá a los contribuyentes presentar hasta el 31 de diciembre de 2008, el escrito en el que realicen la manifestación de que realizarán el cálculo del impuesto predial con base en valores unitarios y aplicando la tarifa.

Seminarios IDC
IDC lo invita a nuestro próximo seminario "Cómo preparar la declaración anual de personas morales" a celebrarse el 7 de marzo, en la Ciudad de México. Mayores informes en el teléfono (55)91-77-43-42 y 01 800 221 67 89.

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