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 .  (Foto: IDC online)

Nuevos tratados para evitar la doble imposición
Se da a conocer la aprobación que hace el Senado de la República de los Tratados entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Federal de Alemania; República de Islandia y Gobierno de Barbados,   para Evitar la Doble Imposición y la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmados en la ciudad de México, el 9 de julio  y 11 de marzo, y en la ciudad de Miami el 7 de abril, todos de 2008, cuyo texto se publicará posteriormente, el cual se informará en su oportunidad.

En cuanto al tratado con Alemania se entendería que el anterior queda sin efectos, situación que se corroborará cuando se publique su contenido.

Fuente: Decreto por los que se aprueban los Acuerdos entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Federal de Alemania; República de Islandia y Gobierno de Barbados,   para Evitar la Doble Imposición y la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio (DOF del 11 de diciembre).

Conozca los riesgos antes de invertir
A fin de que previo a realizar una inversión, los clientes de las casas de bolsa e instituciones de banca múltiple conozcan los riesgos a los que se encuentran sujetas sus inversiones, cuando:

  • adquieren valores emitidos por sociedades o entidades financieras que formen parte del mismo grupo empresarial o financiero al que pertenezcan las propias casas de bolsa e instituciones de banca múltiple, o
  • realicen operaciones con obligaciones subordinadas cuyo emisor no forme parte del grupo empresarial o financiero de las casas de bolsa e instituciones de crédito

las casas de bolsa y las instituciones de crédito que intervengan en este tipo de operaciones deberán informar a sus clientes de los posibles riesgos, e indicar si la operación se realizará con títulos de empresas del mismo grupo, para que a su vez el cliente otorgue su manifestación por escrito para realizar la inversión de que se trate.

Vigencia: A partir del 12 de diciembre de 2008, y estarán vigentes por seis meses.

Fuente: Disposiciones de carácter general aplicables a las operaciones con valores que efectúen casas de bolsa e instituciones de banca múltiple que se encuentren vinculadas con el emisor (DOF del 11 de diciembre de 2008).

La Editora General