980

980

.
 .  (Foto: IDC online)

Se amplía el período de conservación de derechos en el IMSS
En cumplimiento a lo señalado en el Acuerdo Nacional en favor de la Economía Familiar y el Empleo dado a conocer a principios de enero por el presidente de la República Mexicana, licenciado Felipe Calderón Hinojosa, el Consejo Técnico del IMSS publicó el Acuerdo 140109/2.P.DG. mediante el cual se autoriza la ampliación del período de conservación de derechos por 16 semanas más, adicionales a las ocho contempladas en el artículo 109 de la LSS.

Requisitos
Para tener acceso a este beneficio es necesario que el asegurado:

  • hubiese quedado o quede sin empleo en el período comprendido entre el 1o de enero y el 30 de junio de 2009, y
  • tenga reconocidas un mínimo de ocho semanas de cotización ante el IMSS, inmediatas e ininterrumpidas a la fecha de su baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social

Beneficios
Durante el período de ampliación de conservación de derechos, tanto los asegurados como sus beneficiarios podrán disfrutar de las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad.

Vigencia: Se aplicará retroactivamente al 1o de enero de 2009.

Fuente: Acuerdo ACDO.AS1.HCT.140109/2.P.DG, relativo a la autorización para conceder en los términos que se indican, la ampliación del período de conservación de derechos, por dieciséis semanas adicionales a las ocho semanas señaladas en el artículo 109 de la Ley del Seguro Social, a los asegurados que hayan quedado o llegasen a quedar privados de su trabajo remunerado, durante el lapso comprendido entre el 1 de enero al 30 de junio de 2009 (DOF del 27 de enero de 2009, IMSS).

Reglamento Interior de la Secretaría de Economia
Se modifican las denominaciones de las Subsecretarías de Normatividad, Inversión Extranjera y Prácticas Comerciales Internacionales, y de Negociaciones Comerciales Internacionales por las de Competitividad y Normatividad, y de Comercio Exterior, respectivamente.
Asimismo, se deroga el artículo 21 que prevía atribuciones de la Dirección General del Registro Nacional de Vehículos considerando que las mismas ya no eran acordes con la Nueva Ley del Registro Público Vehicular.

Vigencia: A partir del 28 de enero de 2009.

Fuente: Decreto que reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía (DOF del 27 de enero de 2009, SE).

Prórroga para condonación de contribuciones
Los beneficiarios de los programas de vivienda y espacios comerciales señalados por los titulares del Instituto de Vivienda del DF (INVI) o de los Fideicomisos constituidos para tal efecto, seguirán gozando de la condonación de los adeudos de las contribuciones y sus accesorios, cuyo pago es necesario para la escrituración e individualización de las cuentas prediales, de viviendas y locales destinados a plazas, bazares y regularización de corredores comerciales, así como de los cajones de estacionamiento correspondientes, construidos, rehabilitados, adaptados o financiados por tales entes, permitiéndoles en su caso, la incorporación de los inmuebles a su patrimonio y constituir o modificar el Régimen de Propiedad en Condominio en los mismos.

Vigencia: Retroactivamente del 1o de enero y hasta el 31 de diciembre de 2009.

Fuente: Acuerdo por el que se amplía la prórroga de la vigencia del Programa General de Regularización Fiscal por el que se condona el pago de los conceptos que se indican (Gaceta Oficial del DF del 27 de enero de 2009).

Seminarios IDC
IDC Seguridad Jurídico Fiscal lo invita a asistir a nuestro próximo seminario “Opciones para enfrentar la Crisis”, a celebrarse el día 6 de febrero la Ciudad de México. Mayores informes en los teléfonos (55)91-77-43-42 y 01 800 221 67 89.

La Editora General