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 .  (Foto: IDC online)

Estímulo en el impuesto sobre nóminas
El Gobierno del D.F. con el objeto de apoyar a las empresas legalmente constituidas que tengan su domicilio fiscal en esa entidad, da a conocer el establecimiento del estímulo económico equivalente al 100 por ciento del monto total que por concepto de impuesto sobre nóminas hubiesen pagado durante el ejercicio 2008.

Para su obtención se deben cumplir con los requisitos siguientes, que:

  • a diciembre de 2008 tenga una planta entre uno y sesenta trabajadores
  • a la entrega del estímulo no hubiese disminuido su plantilla laboral, en comparación al cuarto trimestre de 2008
  • durante el ejercicio 2008, se hubiese pagado dentro del plazo legal
  • se encuentre al corriente en el pago del impuesto predial y de los derechos por el suministro de agua a su cargo

Las empresas solicitarán el estímulo ingresando a la página de Internet de la Secretaría de Finanzas www.finanzas.df.gob.mx y realizando el registro en el icono: Programa de Estímulos a la Empresa, a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo y hasta el 31 de julio de 2009.

Cumpliendo los requisitos anteriormente referidos, la Dirección de Registro adscrita a la Subtesorería de Administración Tributaria de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, emitirá una Constancia de Acreditación al Programa, misma que enviará a la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno del Distrito Federal para la recepción del estímulo correspondiente por parte de las empresas, en el transcurso de los siguientes 30 días posteriores a la solicitud. Durante dicho plazo la Tesorería notificará vía electrónica a las empresas la acreditación al Programa a fin de que acudan para la recepción del estímulo económico.

A partir de su entrada en vigor, queda sin efecto el “Acuerdo por el que se establece el programa de apoyo económico a las microempresas legalmente constituidas que tengan su domicilio en el Distrito Federal”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 2 de febrero de 2009, así como su Acuerdo Modificatorio, publicado en el mismo órgano de difusión local el día 7 de mayo de 2009.

Las micro y pequeñas empresas que presentaron su solicitud con anterioridad al presente Acuerdo y hubiesen calificado conforme al Acuerdo anteriormente referido, tendrán derecho al estímulo económico ya indicado.

Vigencia: A partir del 3 de junio de 2009.

Fuente: Programa de Apoyo Económico del Distrito Federal con el objeto de apoyar a las empresas legalmente constituidas que tengan su domicilio fiscal en el Distrito Federal (Gaceta Oficial del Distrito Federal del 2o. de junio de 2009).

Cambios para las sociedades mercantiles
La inscripción en el registro mercantil será obligatoria para todas las sociedades mercantiles por lo que se refiere a su constitución, transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación; por lo tanto, en los instrumentos públicos donde se hagan constar tales actos se inscribirán en un folio electrónico por cada comerciante.

Asimismo, también constarán en tal folio:

  • los poderes y nombramientos de funcionarios, así como sus renuncias o revocaciones
  • el cambio de denominación o razón social, domicilio, objeto social, duración y el aumento o disminución del capital mínimo fijo

Por otra parte, ya no será necesario depositar en el Registro Público de Comercio una copia autorizada de los estados financieros.

La protocolización de las actas de asamblea general extraordinaria se realizará ante cualquier fedatario público, no sólo ante notarios públicos.

Vigencia: A partir del 3 de junio de 2009.

Fuente: Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código de Comercio y de la Ley General de Sociedades Mercantiles (DOF del 2 de junio de 2009).

Seminarios IDC
IDC Seguridad Jurídico Fiscal lo invita a asistir a nuestros próximos seminarios "Al rescate de las Pymes" a celebrarse el martes 16 de junio, y "Recuperación de cuentas incobrables y sus efectos fiscales" a celebrarse el día 19 de junio, ambos en la Ciudad de México. Mayores informes en los teléfonos (55)91-77-43-42 y 01 800 221 67 89, así como en el fax (55) 9177- 4108.

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