1267

1267

.
 .  (Foto: IDC online)

 Primera Modificación a la Miscelánea 2010
El SAT da a conocer la primera Resolución de Modificaciones a la Miscelánea 2010, cuyos puntos importantes son:

Los obligados a dictaminar o que hubiesen optado por ello para el ejercicio 2009, podrán no presentar las conciliaciones entre:

  • el resultado contable y el determinado para el IETU (completa)
  • los ingresos dictaminados según estado de resultados, los acumulables para efectos del ISR, los percibidos para efectos del IETU y el total de actos o actividades para efectos del IVA e IETU (regla I.2.18.14.)

Se prorrogan las fechas para la presentación del dictamen 2009:

  • las sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, lo efectuarán hasta el dos de agosto de 2010 (artículo segundo transitorio)
  • los demás contribuyentes lo harán dentro del período previsto en el siguiente calendario:

LETRAS DEL RFC

FECHA DE ENVIO

De la A a la F

del 16 al 19 de julio de 2010

De la G a la O

del 20 al 22 de julio de 2010

De la P a la Z y &

del 23 al 26 de julio de 2010

  • quienes tengan su domicilio fiscal en Mexicali, Baja California, o San Luis Río Colorado del Estado de Sonora, lo podrán presentar hasta el 31 de agosto de 2010 (artículo cuarto transitorio)

La imprecisión contenida en la regla II.2.8.1 respecto de la referencia que hacía a la regla II.2.8.4. ahora se aclara que será a la II.2.8.5. (artículo tercero transitorio)

Fuente: Anteproyecto de la Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 (Portal de Internet del SAT del 24 de junio de 2010).

Autos nuevos sin pago de tenencia 

El presidente Felipe Calderón Hinojosa anunció la eliminación del impuesto sobre tenencia y uso de vehículos (ISTUV) dentro de un paquete de acciones para apoyar a las familias mexicanas que quieran adquirir un auto, así como para reactivar al sector.  

Esta medida no afectará las finanzas de las entidades federativas, las cuales perciben el 100% de lo recaudado por este impuesto, toda vez que el Gobierno Federal será quien absorba el costo de este beneficio. 

El esquema general es el siguiente: 

  • las personas físicas que adquieran un auto con valor de hasta $250,000.00 no pagarán el ISTUV
  • la distribuidora de autos pagará el ISTUV que le correspondía cubrir a la persona física, y acreditará dicho monto contra el ISR a cargo ya sea en pagos provisionales o en la declaración anual
  • en el caso de personas morales, éstas podrán deducir el monto del ISTUV pagado por la compra de automóviles cuyo valor no exceda de $250,000.00
  • el beneficio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2011, fecha en que quedará abrogada la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, según publicación en el DOF de fecha  21 de diciembre de 2007 

Estos beneficios entrarán en vigor una vez que el Decreto firmado el día de hoy sea publicado en el DOF. 

Por último, el Ejecutivo expuso que se implementará un programa de garantías para poner más créditos al alcance de los mexicanos, aunque omitió las medidas al respecto.  

Seminarios IDC
IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestro próximo seminario "Implementación de la Factura Electrónica " a celebrarse el 9 de julio, en la Ciudad de México. Mayores informes en los teléfonos (55)91-77-43-42 y 01 800 221 67 89, así como en el fax (55) 9177- 4108.

Seminarios en Línea IDC
Le invitamos a conocer la mejor opción de capacitación a distancia que le permitirá acceder a la actualización y aprendizaje de los Seminarios IDC desde cualquier lugar y en el momento que lo desee. Descubra porque con IDC, actualizarse nunca había sido tan fácil

IDConline en Redes sociales
Entérese de primera mano, de las notas exclusivas para nuestros usuarios. Síganos en:

http://twitter.com/IDConline

http://www.facebook.com/IDConline

La Editora General