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 .  (Foto: IDC online)

Anexos de dictamen fiscal al Infonavit dentro del plazo legal
Derivado de la segunda prórroga otorgada por el SAT para la presentación del dictamen fiscal, recientemente el Infonavit dio a conocer el nuevo calendario al que deberán sujetarse los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros por el ejercicio 2009, para exhibir el informe de su situación fiscal y los anexos a dicho organismo.

No obstante, aquellos contribuyentes que entregaron su dictamen al SAT sin hacer uso de las prórrogas ofrecidas deberán presentar ante el Infonavit el informe de su situación fiscal y los anexos, dentro de los 15 días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo para entregarlo ante el SAT (arts. 29, fracción VIII Ley del Infonavit; 6o, fracción XV y 8o, fracción I Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Infonavit y sus Reglamentos establecen a cargo de los Patrones).

El incumplimiento de esta obligación en los términos señalados, podrá sancionarse con una multa de tres a 150 veces el salario mínimo general diario vigente en el DF, actualmente de $172.38 a $8,619.00.

Vigencia: 13 de agosto de 2010.

Fuente: Gerencia de Recaudación y Servicio al Patrón del Infonavit.

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