1404 RESPUESTAS AL PROYECTO DE NOM-031-STPS-2010

1404 RESPUESTAS AL PROYECTO DE NOM-031-STPS-2010

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 .  (Foto: IDC online)

RESPUESTAS AL PROYECTO DE NOM-031-STPS-2010
El pasado 19 noviembre de 2010 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitió una convocatoria para que los interesados realizaran los comentarios y ajustes que consideraran pertinentes al proyecto de la Norma Oficial Mexicana (NOM) NOM-031-STPS-2010, Construcción-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Así, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo procedió a estudiar los apuntes recibidos e incorporó los procedentes, en consecuencia, modificó el proyecto inicial de la NOM, de acuerdo con el artículo 47, fracción II, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. El día de hoy se dan a conocer los resultados definitivos.  

Objetivo de la NOM: Establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en las obras de construcción, a efecto de prevenir los riesgos laborales a que están expuestos los trabajadores que se desempeñan en ellas.  

Fuente: Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-031-STPS-2010, (DOF 25 de marzo de 2011, STPS).  

Autos modelos 2010 a 2005 permitida su importación con cupo
La Secretaría de Economía establece el cupo de importación definitiva de 100 vehículos usados clasificados en las fracciones arancelarias 8703.21.02, 8703.22.02, 8703.23.02, 8703.24.02, 8703.31.02, 8703.32.02, 8703.33.02 y 8703.90.02, cuyo número de identificación vehicular sea de uno a cinco años-modelo anteriores al año de importación (2010 a 2006), con el arancel aplicable conforme a la TIGIE o a los Tratados de Libre Comercio o Acuerdos Comerciales Internacionales suscritos por México.  

La asignación del cupo será a través del mecanismo de licitación pública, y podrán participar las personas físicas o morales establecidas en México.
A quienes se les autorice el cupo de importación, deberán cumplir con los requisitos y regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables en la aduana de despacho.  

Vigencia: Del 14 de abril al 31 de diciembre de 2011.  

Fuente: Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignación para importar vehículos automotores usados (SE, DOF del 25 de marzo de 2011).  

Condonación de H2O en el DF
El Gobierno del DF con el objetivo de apoyar a los contribuyentes  exime del pago de los derechos por suministro de agua de la siguiente manera:  

Beneficiarios  

Porcentaje de condonación  

Particularidades  

Los usuarios del servicio de agua que cuenten con tomas de 13mm.  

50% del pago de los derechos por la instalación de medidor y armado de cuadro  

El pago podrá cubrirse en una sola exhibición o en parcialidades, estableciéndose el monto en las boletas respectivas sin accesorios ni recargos.  

La instalación del medidor se realizará, una vez liquidado el primer pago parcial  

Los usuarios que cuenten con toma y no tengan medidor instalado, el medidor esté descompuesto o exista la imposibilidad de efectuar la lectura del consumo, cuya toma sea de uso doméstico y se ubique en manzana de clasificación tipo alto o de uso mixto para la parte no doméstica  

70% de la cuota bimestral expresada en pesos de los derechos por suministro de agua  

El usuario debe solicitar la instalación del medidor.  

El  beneficio no podrá exceder de tres bimestres  


Quienes se acojan a las condonaciones indicadas e impugnen adeudos fiscales, o proporcionen documentación o información falsa o la omitan, para gozar indebidamente de esta condonación, perderán los beneficios que se les hubiere otorgado, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. Los contribuyentes que deseen alguna de las condonaciones, si cuentan con medios de defensa pendientes de resolución en contra de los adeudos, deberán desistirse exhibiendo la constancia respectiva de ello a la autoridad fiscal. Los beneficios referidos no otorgan el derecho a devolución, compensación o acumulación de beneficio alguno. Vigencia: A partir del 26 de marzo de 2011. Las facilidades se aplicarán del 1o de enero y al 31 de diciembre de 2011. Fuente: Resolución de carácter general mediante la cual se condona parcialmente el pago de los derechos por la instalación de medidores y armado de cuadro, así como el pago de tarifas previsto en la fracción II, incisos a) y b) del artículo 172 del Código Fiscal del Distrito Federal (Gaceta Oficial del DF del 25 de marzo de 2011). Seminarios en Línea IDC
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