1496 Reducción en el pago de agua a empresas

1496 Reducción en el pago de agua a empresas

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 .  (Foto: IDC online)

Reducción en el pago de agua a empresas

Las empresas que realicen inversiones en equipamiento e infraestructura para la sustitución de agua potable por residual tratada en sus procesos productivos, incluyendo la instalación de la toma en el DF, interesadas en obtener las reducciones equivalentes al 80% de los derechos por el suministro de agua, observarán los siguientes lineamientos:

  • obtener y presentar el formato de solicitud de constancia SACM 1, en la Ventanilla Única de la Subdirección de Factibilidad de Servicios, de la Dirección de Verificación Delegacional y Conexiones, de la Dirección Ejecutiva de Servicios a Usuarios del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (ubicada en calle José Ma. Izazaga, número  89, piso 16, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas)
  • la solicitud se exhibirá por duplicado, debidamente llenada y con la firma autógrafa del representante legal o apoderado, así como los documentos que se indiquen en original o copia certificada y copia simple, para cotejo los cuales serán devueltos en tres días hábiles
  • el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, a través de sus Direcciones Técnica y de Drenaje, Tratamiento y Reuso, previo a la emisión de la constancia, realizará una visita de verificación a la compañía para constatar que cuenta con el equipamiento e infraestructura para la sustitución de agua, y está debidamente instalado y en funcionamiento
  • el Director General del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, emitirá la constancia correspondiente dentro de los 20 días hábiles siguientes, sin que pueda utilizarse para otra operación
  • la constancia se entregará en original al interesado, a través de la Ventanilla Única indicada para que solicite la aplicación de la reducción ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México
  • la constancia será aplicada durante el ejercicio fiscal en que fue emitida
  • si la solicitud no es procedente se emitirá la resolución correspondiente, donde se funde y motive la negativa, y se notificará al interesado entregándose en la Ventanilla Única

Vigencia: A partir del 5 de noviembre de 2011.

Fuente: Resolución por la que se validan los lineamientos que deberán cumplir las empresas para obtener la constancia con la que se acreditarán los supuestos necesarios para el otorgamiento de la reducción, presentados por el sistema de aguas de la Cd. de México (Gaceta Oficial del DF del 4 de noviembre de 2011).


Revisión salarial del Contrato Ley de la Industria Azucarera y Alcoholera

El día de hoy la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STSP), a través del DOF, dio a conocer el resultado de la revisión salarial del citado documento.

Salario
Las partes acordaron incrementar los salarios de los trabajadores sindicalizados al servicio de la industria, ya sean fijos, a destajo, por unidad de obra o cualquier otra cantidad que el trabajador obtenga en su jornada de modo regular, así como cualquier prima que en virtud del mismo le sea cubierta, en 5.15%, a partir del día dieciséis de octubre de dos mil once.

Vigencia: a partir del día 15 de octubre de 2011.

Fuente: Convenio de revisión salarial de fecha 11 de octubre de 2011, firmado por los representantes de más de las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y de los patrones afectos al Contrato Ley de las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana (DOF, STPS, 4 de noviembre de 2011).

Seminarios IDC
IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestro próximo seminario  "Protección de datos: un desafío empresarial", a celebrarse el 19 de enero de 2012, en la Ciudad de México. Mayores informes en los teléfonos (55)91-77-43-42 y 01 800 221 67 89, así como en el fax (55) 9177- 4108.

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