1554 Unifican certificado y declaración de origen para Costa Rica

1554 Unifican certificado y declaración de origen para Costa Rica

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 .  (Foto: IDC online)

Unifican certificado y declaración de origen para Costa Rica
Se modifica la Resolución en materia aduanera del TLC México-Costa Rica para adecuar como formatos únicos el certificado de origen y declaración de origen, así como sus respectivos instructivos de llenado.
En relación con los formatos anteriores, los nuevos tienen las siguientes diferencias, además de diversos cambios de forma:

  • Certificado de origen, se:
    • homologa el cuadro de información señalando como dato el número de registro sin la acepción fiscal, tanto del exportador productor e importador, y en el instructivo se aclara que en éste deberá anotarse, para:
      • México, la clave del Registro Federal de Contribuyentes
      • Costa Rica, la cédula jurídica para personas jurídicas o cédula de identificación para personas físicas
    • incluye la obligación de señalar el correo electrónico de la persona que firma los documentos
    • adiciona la parte de hoja anexa al certificado de origen
      Este documento lo expide el productor del bien, o el exportador si no es el productor, y el importador deberá tenerlo en su poder al momento de formular el pedimento de importación para recibir un trato arancelario preferencial.
      Los certificados de origen emitidos al 7 de marzo de 2012 en el formato anterior, seguirán siendo válidos durante su plazo de vigencia, contado a partir de la fecha de su emisión.
  • Declaración de origen, se:
    • hacen las precisiones referidas en el punto anterior para el caso del requerimiento del correo electrónico, así como del número de registro, con excepción del dato del importador
    • elimina la obligación de declarar los datos de las facturas y cantidad de bienes
      La Declaración de origen la elabora el productor del bien y la proporciona voluntariamente al exportador del mismo para que con base en ésta, llene y firme el certificado de origen de los bienes que se importen bajo trato preferencial

Vigencia: A partir del 7 de marzo de 2012.

Fuente: Resoluciones por las que se modifican las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del TLC México-Costa Rica, y los formatos únicos de certificado de origen y declaración de origen y sus instructivos de llenado (SE, DOF del 7 de marzo de 2012).

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