1638 IAP en el DF con nuevo reglamento

1638 IAP en el DF con nuevo reglamento

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 .  (Foto: IDC online)

IAP en el DF con nuevo reglamento
Se publica el reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el DF, el cual tiene por objeto regular la organización de las mismas y las atribuciones de la Junta de Asistencia Privada del DF (art. 1o).

Este ordenamiento indica cómo se lleva a cabo la constitución, transformación y registro de las instituciones, la cuales podrán ser asesoradas para esos efectos por la Junta (art. 5). También marca la pauta a seguir en el caso de fusión, extinción y modificación de sus estatutos (arts. 14 a 37). La extinción puede ser a petición de parte o de oficio, y en ambos casos, una vez finalizada se procede a la cancelación de los registros.

De igual manera contempla lo relativo a la administración de la institución, llevada a cabo por su patronato (art. 44).

Las instituciones, a través de sus patronatos, elaborarán su presupuesto de ingresos, egresos y de inversiones en activos fijos, así como su programa de trabajo, por el periodo del 1o de enero al 31 de diciembre de cada año. Tales documentos deben remitirse a la Junta a más tardar el 1o de diciembre del año anterior al del ejercicio de que se trate, adjuntando copia del acta en la que se hayan aprobado (art. 48).

Las disposiciones del Capitulo I, Título Cuarto, Segunda parte del Libro Cuarto del Código Civil para el DF serán aplicables a las donaciones onerosas y condicionales mencionadas en la Ley (art. 52).

Vigencia: Entrará en vigor el 1o de noviembre de 2012 y se abroga el Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del DF el 24 de noviembre de 2006.

Fuente: Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el DF (Gaceta Oficial del 31 de octubre de 2012).

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