1636 Revisiones a Contratos Ley de las Industrias Textil del Ramo de Género de Puntos y de la Azucarera y Alcoholera

1636 Revisiones a Contratos Ley de las Industrias Textil del Ramo de Género de Puntos y de la Azucarera y Alcoholera

Revisiones a Contratos Ley de las Industrias Textil del Ramo de Género de Puntos y de la Azucarera y Alcoholera
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STSP), a través del DOF, da a conocer el resultado de la revisión de los citados documentos, destacando el porcentaje de incremento a los trabajadores afectos a estos ramos de industria.

Salario
Las partes convienen aumentar los salarios de los trabajadores sindicalizados al servicio de la industria:

  • Textil de género de puntos: a partir del primer turno del 11 de octubre de 2012, ya sean fijos, a destajo, por tarea, por eficiencia y derivados de convenios singulares superiores, así como de los llamados "banderazos" donde los hubiere en un 4%, consecuentemente el salario mínimo es de $139.47, y
  •  Azucarera y Alcoholera: a partir del 16 de octubre de 2012, ya sean fijos, a destajo, por unidad de obra o cualquier otra cantidad que el trabajador obtenga en su jornada de modo regular, así como cualquier prima que en virtud del mismo le sea cubierta, en 6.2%

Fuente: Convenios de revisiones salarial e integral de los Contratos Ley de las Industrias Textil del Ramo de Géneros de Punto y Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana, respectivamente.

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