1661 Nuevo SUA 3.3.8

1661 Nuevo SUA 3.3.8

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 .  (Foto: IDC online)

Nuevo SUA 3.3.8
Recientemente el IMSS dio a conocer la versión 3.3.7 del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), misma que surgió de la resolución emitida por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, el pasado 26 de noviembre en donde los municipios que conformaban la zona B, pasaron a la A, igualando los salarios mínimos generales y profesionales, además de que el área geográfica C pasó a ser la B, sin ninguna modificación en su integración municipal ni en los montos de salarios mínimos general y profesionales.

No obstante, poco tiempo después el Seguro Social lanzó la versión 3.3.8, por virtud de la cual la actualización de los salarios mínimos será más sencilla pues cuando éstos se modifiquen, bastará con capturar el de la zona "A" para que automáticamente se registre el mismo dato en el campo señalado como anterior zona "B".

El SUA 3.3.8 está disponible en la página electrónica del IMSS (www.imss.gob.mx), apartado "Servicios en Línea", "Sistema Único de Autodeterminación SUA"; y en la página de Internet del Infonavit, sección "Empresarios".

Es recomendable que antes de instalar esta nueva versión, se consulte el manual de descarga disponible en las páginas mencionadas.

Fuente: Página electrónica del IMSS.

Restablecimiento del ACE 55, México Argentina
Los gobiernos de México y Argentina concluyeron las negociaciones del Cuarto Protocolo Adicional al Apéndice I del Acuerdo de Complementación Económica No.55 (ACE-55), que restablece el comercio de vehículos ligeros y autopartes entre ambas naciones.

El acuerdo alcanzado conlleva un régimen temporal de incremento de exportaciones de vehículos ligeros libres de arancel para cada país, para llegar al libre comercio en marzo de 2015, conforme a lo siguiente:

Vehículos de los literales a) y b) del artículo 1o. del Apéndice I del ACE-55
Periodo Cuotas
Del 18 de diciembre de 2012 al 17 de diciembre de 2013 USD$ 575 millones
Del 18 de diciembre de 2013 al 17 de diciembre de 2014 USD$ 625 millones
Del 18 de diciembre de 2014 al 18 de marzo de 2015 USD$ 187.5 millones
A partir del 19 de marzo de 2015 Libre comercio

El acuerdo entrará en vigor el 18 de diciembre de 2012, fecha en la cual se restituye la implementación de las preferencias comerciales al amparo del ACE-55 (suspensión unilateral decretada por Argentina).

Para los efectos anteriores, se publica:

  • el texto íntegro del Cuarto Protocolo Adicional al Apéndice I "Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México", del ACE-55
  • las preferencias arancelarias otorgadas a las importaciones procedentes de Argentina de vehículos automóviles y autopartes

TLC Único: México-Centroamérica con Honduras
A partir del 1o de enero de 2013 se estará ante lo siguiente:

  • entrarán en vigor entre México y Honduras los puntos 1 al 10, 18 al 33, 35 y 37 y Apéndices 1, 3 y 4 del Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, publicado en el DOF del 31 el agosto de 2012
  • las importaciones de los bienes textiles (Capítulo 62 de la TIGIE) originarios de Honduras, se regirán por las disposiciones del Anexo 3.16 del TLC Único para efectos de la aplicación del Acuerdo por el que se establecen los cupos y el mecanismo de asignación para importar a México bienes textiles originarios de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua (DOF del 31 de agosto de 2012)
  • el cupo anual para importar a México del 1o de enero al 31 de diciembre de cada año, cigarros (puros) (incluso despuntados) y cigarritos (puritos), que contengan tabaco, originarios de Honduras, libre de arancel, es de 1,312 Piezas (se incrementará 5% cada año). Para la obtención del cupo se aplicará el procedimiento de asignación directa mediante la modalidad de "Primero en tiempo, primero en derecho", y podrán solicitarlo las  personas físicas y morales establecidas en el país
  • quedan sin efectos los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 11, 12, 16, 17, 18 y el Apéndice en lo aplicable a Honduras del Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1o de julio de 2012 del IGI para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras (DOF del 29 de junio de 2012)

Fuente: Acuerdos por los que se dan a conocer el Cuarto Protocolo Adicional al Apéndice I Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México, del ACE No. 55; y las preferencias arancelarias del Apéndice I del ACE No. 55; Aviso por el que se da a conocer la entrada en vigor entre México y Honduras del TLC único México-Centroamérica (DOF del 31 de agosto de 2012); Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignación para importar cigarros (puros) (incluso despuntados) y cigarritos (puritos), que contengan tabaco, originarios de Honduras; Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1o de julio de 2012 del IGI para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras (SE, DOF del 18 de diciembre de 2012).

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