1748 Formatos de la ley antilavado

1748 Formatos de la ley antilavado

Formatos de la ley antilavado

Registro en el padrón 

A partir del 1 de octubre de 2013, los sujetos obligados a presentar avisos por realizar actividades vulnerables de conformidad con la Ley Antilavado podrán solicitar su inscripción al padrón correspondiente, a través de la página https://sppld.sat.gob.mx/sppld/

Una vez realizado el trámite, se generará un acuse electrónico que acredite el alta y registro. Dicho acuse contendrá el sello digital en el que conste la información remitida, número de folio, fecha de envío y hora de recepción. 

Avisos sobre operaciones vulnerables 

Se dan a conocer los formatos aplicables a los 17 tipos de avisos que se presentarán de acuerdo con la actividad vulnerable celebrada: 

  • las vinculadas con juegos con apuesta, concursos y sorteos (Anexo 1)
  • emisión o comercialización de tarjetas de servicio o de crédito (Anexo 2-A)
  • tarjetas prepagadas o que constituyan un medio de almacenamiento monetario (Anexo 2-B)
  • monederos electrónicos, certificados o cupones (Anexo 2-C)
  • emisión o comercialización de cheques de viajero (Anexo 3)
  • ofrecimiento de operaciones de mutuo o garantía u otorgamiento de créditos o préstamos (Anexo 4)
  • servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles (Anexo 5)
  • comercialización de metales preciosos, joyas o relojes (Anexo 6)
  • subasta de obras de arte (Anexo 7)
  • comercialización o distribución de vehículos nuevos o usados (Anexo 8)
  • servicios de blindaje a vehículos (Anexo 9)
  • custodia de dinero o valores, así como servicios de traslado (Anexo 10)
  • prestación de servicios profesionales de manera independiente (Anexo 11)
  • prestación de servicios de fe pública (Anexo 12 )
  • recepción de donativos por parte de asociaciones y sociedades sin fines de lucro (Anexo 13)
  • servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal (Anexo 14)
  • constitución de derechos personales de uso o goce sobre bienes inmuebles (Anexo 15)

Otros informes

Asimismo, se publica el formato oficial para remitir los informes relativos cuando se actualicen los siguientes hechos: 

  • operaciones preocupantes, cuando el sujeto que realice una actividad vulnerable  tenga información adicional basada en indicios que le hagan presumir que los recursos pudiesen provenir o favorecer una actividad ilícita (art. 27, Reglas de Carácter General -­RCG­-)
  • si los sujetos obligados, no hubiesen celebrado actos u operaciones que sean objeto de aviso durante el mes correspondiente, remitirán el informe respectivo, haciendo la anotación expresa de que no se realizaron actividades sujetas a  la presentación de avisos (art. 25, RCG)

Una vez exhibida la información (tanto de operaciones vulnerables como de los otros informes), se generará el acuse electrónico con sello digital que contenga el número de folio, fecha de envío y hora de recepción.

Los avisos e informes tendrán que ser presentados a partir del 31 de octubre de 2013.

Fuente: Resolución por la que se expide el formato oficial para el alta y registro de quienes realicen actividades vulnerables y Resolución por la que se expiden los formatos oficiales de los avisos e informes que deben presentar quienes realicen actividades vulnerables (SHCP, DOF del 30 de agosto).

 Seminarios IDC

IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestro próximo seminario "Puntos clave para evitar sanciones en materia de lavado de dinero" a celebrarse el 24 de septiembre en la Ciudad de México. Mayores informes en los teléfonos (55) 91-77-43-42 y 01 800 221 67 89, así como en el fax (55) 9177- 4108. 

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