1779 Buen fin=estímulos fiscales

1779 Buen fin=estímulos fiscales

Buen fin=estímulos fiscales
Para impulsar la aceptación de pagos a través de medios electrónicos, en especial en los pequeños y medianos comercios, la SHCP llevará a cabo durante el “Buen Fin” un sorteo para premiar a los tarjetahabientes (debido o crédito) que realicen compras en ese periodo –15 al 18 de noviembre de 2013– (art. primero).

Debido a que los premios serán entregados por las instituciones financieras por cuenta del gobierno federal se concede a dichas instituciones un estímulo fiscal conforme a lo siguiente:

  • los bancos podrán acreditar contra el ISR propio o por retenciones a terceros de ese impuesto, el monto que hubiesen entregado como premio a sus tarjetahabientes hasta agotarlo en los siguientes meses una vez entregada la información al SAT que se puntualice en la RMISC (art. tercero)
  • la cantidad a acreditar por premio individual no podrá exceder de $10,000.00, ni ser menor a $250.00 (art. primero)
  • a los tarjetahabientes que obtengan el premio no se les hará retención por los impuestos de carácter local. La Federación absorberá por cuenta del ganador el importe correspondiente
  • la determinación de los ganadores se hará por un sorteo organizado por el SAT (art. cuarto)
  • las cantidades entregadas como premios y el estímulo no son ingresos acumulables para efectos del ISR (art. séptimo)
  • no se tendrá que presentar el aviso en materia de estímulos fiscales (art. sexto)
  • se exime del pago de derechos de vigilancia (art. quinto)

Requisitos para acceder al beneficio
Para acceder a los beneficios descritos, las entidades financieras se apegarán a las bases señaladas por el SAT para el sorteo según el permiso emitido por la Secretaría de Gobernación.
Asimismo, pondrán a disposición del fisco federal la información necesaria para la realización del sorteo y para la verificación de la entrega de los premios (art. segundo).

Limitación 
Los beneficios descritos no dan lugar a devolución.

Regulación pendiente
El SAT emitirá las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación de  los estímulos fiscales.

Vigencia: Del 12 de noviembre al 30 de junio de 2014.

Fuente: Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos (DOF del 11 de noviembre de 2013, SHCP).

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