Buen fin=estímulos fiscales
Para impulsar la aceptación de pagos a través de medios electrónicos, en especial en los pequeños y medianos comercios, la SHCP llevará a cabo durante el “Buen Fin” un sorteo para premiar a los tarjetahabientes (debido o crédito) que realicen compras en ese periodo –15 al 18 de noviembre de 2013– (art. primero).
Debido a que los premios serán entregados por las instituciones financieras por cuenta del gobierno federal se concede a dichas instituciones un estímulo fiscal conforme a lo siguiente:
- los bancos podrán acreditar contra el ISR propio o por retenciones a terceros de ese impuesto, el monto que hubiesen entregado como premio a sus tarjetahabientes hasta agotarlo en los siguientes meses una vez entregada la información al SAT que se puntualice en la RMISC (art. tercero)
- la cantidad a acreditar por premio individual no podrá exceder de $10,000.00, ni ser menor a $250.00 (art. primero)
- a los tarjetahabientes que obtengan el premio no se les hará retención por los impuestos de carácter local. La Federación absorberá por cuenta del ganador el importe correspondiente
- la determinación de los ganadores se hará por un sorteo organizado por el SAT (art. cuarto)
- las cantidades entregadas como premios y el estímulo no son ingresos acumulables para efectos del ISR (art. séptimo)
- no se tendrá que presentar el aviso en materia de estímulos fiscales (art. sexto)
- se exime del pago de derechos de vigilancia (art. quinto)
Requisitos para acceder al beneficio
Para acceder a los beneficios descritos, las entidades financieras se apegarán a las bases señaladas por el SAT para el sorteo según el permiso emitido por la Secretaría de Gobernación.
Asimismo, pondrán a disposición del fisco federal la información necesaria para la realización del sorteo y para la verificación de la entrega de los premios (art. segundo).
Limitación
Los beneficios descritos no dan lugar a devolución.
Regulación pendiente
El SAT emitirá las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación de los estímulos fiscales.
Vigencia: Del 12 de noviembre al 30 de junio de 2014.
Fuente: Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos (DOF del 11 de noviembre de 2013, SHCP).
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