1774 Cómo quedó la reforma fiscal

1774 Cómo quedó la reforma fiscal

Cómo quedó la reforma fiscal
A fin de evitar confusiones, a continuación se muestran las propuestas enviadas por el Ejecutivo Federal que fueron finalmente aprobadas por el Congreso de la Unión, y cuáles sufrieron modificaciones o fueron rechazadas por los legisladores.

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

  • Se cancelan los créditos derivados de las cantidades obtenidas del SAT por los contribuyentes del sector agropecuario y silvícola por el uso de diesel para su consumo final, de enero a junio de 2013
  • Se darán mayores recursos para ciencia y tecnología, esto es, los recursos del Ramo 38 serán utilizados de manera íntegra para fortalecer las capacidades científicas y tecnológicas en el sector energético
  • Se concede una participación a favor de las entidades federativas del IESPS aplicado a bebidas saborizadas, equivalente a la recaudación estimada que corresponda a la Federación, una vez descontada sus participaciones, para que los gobiernos locales destinen esos recursos a programas de combate a la desnutrición, atención y prevención de obesidad y enfermedades crónico-degenerativas, dentro del Presupuesto de Egresos para 2014
  • En cuanto al apoyo a pequeños productores agropecuarios para acceder a los subsidios gubernamentales, consistente en liberarlos de la obligación de presentar la constancia de estar al corriente de sus obligaciones fiscales, no se observa esa previsión en el texto legal

IVA

  • Se aplicará la tasa general del IVA (16%) a los siguientes actos o actividades:
    • transporte público terrestre foráneo de personas
    • chicles o goma de mascar
    • venta de mascotas y de su alimento
  • Se homologará la tasa del IVA en todo el país, por lo que se elimina la tasa del 11% en la zona fronteriza
  • Se gravarán al 16% las importaciones temporales, inclusive las realizadas por maquiladoras e IMMEX

ISR

  • Los contribuyentes del sector primario seguirán tributando en el régimen simplificado y podrán deducir como gastos del ejercicio las erogaciones realizadas para la adquisición de activos fijos, gastos y cargos diferidos. Asimismo, se obliga a los contribuyentes de este sector a inscribirse al RFC
  • Se limita la deducción de prestaciones (que sean ingresos exentos para el trabajador). Por regla general se podrá deducir solamente el 47% de las prestaciones exentas pagadas. Sin embargo, en los casos en que los patrones no disminuyan las prestaciones otorgadas en el ejercicio relativo respecto de las del año anterior, podrán deducir hasta el 53%
  • Los consumos en restaurantes serán deducibles en un 8.5%
  • Para que los vales de despensa sean deducibles, deberán entregarse mediante tarjeta electrónica
  • Se elimina la deducción inmediata de inversiones y de las cuotas de seguridad social a cargo del trabajador cuando sean absorbidas por el patrón
  • Se limita a $200.00 diarios el monto deducible por renta de automóviles, y a $130,000.00 el monto de inversiones deducibles en automóviles
  • Se aplicará la tasa del 30% a las personas físicas que obtengan ingresos anuales de hasta $750,000; 32% entre $750,000 y $1’000,000; 34% para ingresos entre uno y hasta tres millones y del 35% a más de tres millones de pesos
  • Se limita el monto de las deducciones personales a 4 SMG anuales o el 10% de los ingresos del contribuyente, lo que resulte menor
  • Se pagará ISR por la venta de casa habitación cuando el precio de venta exceda de 700,000 UDIS
  • Se elimina el régimen de Repecos. En su lugar se incluye el Régimen de Incorporación para contribuyentes con ingresos de hasta dos millones de pesos, y tendrá un periodo de permanencia de 10 años
  • Se gravarán las utilidades que se obtengan en la Bolsa Mexicana de Valores con un 10%

IESPS

  • Se aprueba una tasa del 5% a los alimentos chatarra
  • Se aplicará una cuota de un peso por litro a la venta e importación de bebidas azucaradas
  • Se impone un gravamen a la venta de combustibles fósiles (el más bajo en 5.91 centavos por litro, el más alto en $39.80 por tonelada de CO2)
  • Se causará el IESPS por la venta de plaguicidas, aunque con tasas inferiores a las propuestas por el Ejecutivo

OTROS GRAVÁMENES

  • Se derogó el IDE y el IETU
  • Se establece un derecho especial sobre minería a una tasa de 7.5% sobre la diferencia positiva que resulte entre los ingresos derivados de la venta de lo extraído y las deducciones permitidas

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